Carreras López, inacción e indiferencia

Por Victoriano Martínez

“La inacción y la indiferencia estatal ante las denuncias de violencia de género, reproducen la violencia que se pretende atacar, e implica una discriminación en el derecho de acceso a la justicia”, advirtió la primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al ordenar la reposición de toda la investigación sobre el caso de Karla Pontigo Lucciotto, desde la perspectiva de feminicidio.

Cuando se cumplieron seis meses de aquella sentencia, y luego de casi tres meses de que se dictaron medidas adicionales de protección para los familiares de Karla, se registró un hecho que muestra que esa inacción e indiferencia estatal no sólo reproducen la violencia de género, sino que pone en riesgo la integridad de las víctimas indirectas.

Pedro Pontigo Lucciotto, hermano de Karla, fue víctima de una agresión el pasado 13 de mayo que fue posible porque ni la Secretaría General de Gobierno ni la Secretaría de Seguridad Pública estatal atendieron las medidas adicionales de protección para la familia, a pesar de que ya había sido blanco de acoso y de amenazas.

A 17 días de la agresión, la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, que representa y acompaña a la familia Lucciotto en su lucha por que se haga justicia en el caso, denunció este viernes que no se ha podido avanzar en las medidas de protección ordenadas desde el pasado mes de enero.

“Hasta el momento no ha sido posible contar con la disposición de la Secretaría de Gobierno y de la Secretaría de Seguridad Pública local, para tratar el tema y consensuar acciones, por lo que la defensa de la familia Lucciotto emprenderá las acciones legales correspondientes”, anunció la Fundación en un comunicado.

Si algo ha sido una constante en las autoridades estatales desde el 29 de octubre de 2012 es la inacción y la indiferencia que por siete años y medio ha padecido la familia Lucciotto. Una inacción y una indiferencia que resultan inauditas en un caso que ha llegado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ni ante una determinación de ese nivel se actúa.

Por inaudita, la actitud iniciada por Fernando Toranzo Fernández y continuada por Juan Manuel Carreras López al frente del gobierno es en contundente mensaje de desaliento para el resto de las víctimas que esperan justicia y reparación del daño, contra quienes la autoridad ha mostrado no sólo indiferencia, sino menosprecio y descalificación.

Así ocurrió con el grupo de víctimas que bloqueó las oficinas de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a víctimas en septiembre del año pasado cuando, antes que tratar de dialogar con ellas se planeó una estrategia para desalojarlas.

El fin de semana pasado, en Laguna de San Vicente se dio el efecto de otro incumplimiento de una sentencia, en este caso del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, que ordenó garantías de no repetición, lo que implicaba una vigilancia permanente en la comunidad y especialmente durante los días de las fiestas patronales del lugar.

El incumplimiento de esas medidas favoreció que, a cinco años de la muerte de Jair, un joven de 15 años de edad que dio lugar a la sentencia, se volvieran a presentar actos de violencia con el saldo de dos jóvenes, de 15 y 22 años de edad, levantados y asesinados.

La inacción y la indiferencia afecta tanto a las víctimas como al clima de inseguridad que se vive en el Estado, que esta semana dejó un saldo que supera la decena de ejecutados.

Una inacción e indiferencia que Alejandro Leal Tovías, secretario de Gobierno, justifica con la indolente afirmación de que era algo que tenían previsto porque ante el cierre de antros como centros de distribución de sus drogas empujaría a los grupos del crimen organizado a pelear por otros espacios.

Y aunque la SCJN le señaló esa inacción e indiferencia, hoy queda claro que Carreras López se las aplica hasta a ese tribunal, con lo que al clima de inseguridad que ya vive toda la población le deja a las víctimas un mayor grado de riesgo al hacer caso omiso de las medidas adicionales de protección que requieren.

 

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