CEDH emitió recomendación al Municipio por exclusión de comunidad mixteca; mañana vence el plazo para acatarla

Leticia Vaca

La administración capitalina tiene hasta el día de mañana para acatar la recomendación 07/2019, emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) por dejar a la comunidad mixteca fuera de la consulta indígena para integrar el Plan Municipal de Desarrollo.

Luego de los reclamos de representantes de comunidades indígenas, Jorge Andrés López Espinosa, titular de la CEDH, aclaró que la dependencia a su cargo ya realizó observaciones al proceso e incluso, por dejar fuera a la comunidad Mixteca de dicha consulta, se emitió una recomendación a la administración de Xavier Nava Palacios, misma que no ha sido atendida. “Si el Ayuntamiento no acata la recomendación, se dará vista al Congreso del Estado para que llame e informe por qué no aceptó”, detalló el ombudsman.

De la misma manera, puntualizó que el Ayuntamiento envió una respuesta, “sin embargo nos decían que tendríamos que esperar al juicio de amparo; esto es una respuesta totalmente absurda porque el organismo, al ser autónomo, no necesita estar supeditado a las respuestas que den en otros poderes”.

La recomendación 07/2019 fue emitida el pasado 22 de mayo, y en ella se piden a la administración del Gobierno Municipal dos cosas:

Primero, que el Ayuntamiento gire las instrucciones a quien corresponda, a efecto de que, a manera de reparación integral del daño, se realicen a la mayor brevedad las acciones necesarias para que se lleve a cabo el proceso de consulta a las y los habitantes de la comunidad indígena mixteca baja, reconocida bajo el número de registro 024/0001/386/2013, del Padrón Actualizado de Comunidades Indígenas del Estado de San Luis Potosí, para que sus aportaciones sean incluidas al Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021, en términos de la Ley de Consulta Indígena para el Estado y Municipios de San Luis Potosí y la Ley para el Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado.

Segundo: Colabore ampliamente con el órgano interno de control a efecto de que substancie y concluya procedimiento administrativo de responsabilidad con motivo de la vista que realice este organismo estatal para que se investigue la posible responsabilidad administrativa en que hubieren incurrido en razón de las consideraciones vertidas en la presente recomendación, proporcionando para tal efecto las constancias que le sean requeridas y tenga a su alcance.

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