Impugnado, candidato del PAN a diputación local

Eduardo Delgado

El representante del Partido Revolucionario Institucional ante la Comisión Distrital Electoral VII, Francisco José Zárate Delgadillo, impugnó la resolución por la que en esa instancia le fue desechado el recurso de revocación que promovió en contra del acuerdo por el que fue aprobada la solicitud de registro de José Antonio Zapata Meraz, como candidato del Partido Acción Nacional diputado local por el principio de mayoría relativa en el distrito local 07.

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí publicó el pasado sábado en estrados, en el listado de acuerdos, la recepción del recurso de revisión número TESLP/RR/13/2018, en contra de la resolución dictada el primer día del mes en curso en la Comisión Distrital Electoral VII.

Organismo electoral, presidido por Emmanuel Medina Salinas, que desechó el recurso de revocación interpuesto por el representante del PRI, José Zárate, en desacuerdo porque la aprobación del registro del panista “por haberse emitido en contravención a la fracción III del artículo 246 de la Ley Electoral del Estado, en relación con los numerales 46 de la Constitución Política del Estado y los artículos 303 y 304 de la Ley Electoral”.

La fracción III del artículo 246 de la normatividad electoral alude a una de las razones para la negativa del registro de candidatos independientes. Lo que no aplica en tanto que José Antonio fue postulado por el PAN.

El artículo 303 de la misma ley refiere: “Cada solicitud de registro será presentada por triplicado y firmada por el presidente estatal del partido solicitante”. En tanto el 304 indica: “A la solicitud de registro deberá anexarse la siguiente documentación de cada uno de los candidatos:”

De lo anterior se infiere que el abanderado panista, quien presidió el Comité Municipal del PAN en la capital y es conocido entre sus correligionarios como “Pepe Toño”, habría presentado su solicitud de registro sin el debido cumplimiento de los documentos requeridos en ambos artículos de la legislación electoral.

“Con la documentación recibida, intégrese el expediente y regístrese como RECURSO DE REVISIÓN en el Libro de Gobierno que para tal efecto se lleva en este Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, con la clave TESLP/RR/13/2018”, acordó el magistrado presidente, Oskar Kalixto Sánchez, quien también deberá examinar el caso para proponer a sus compañeros un proyecto de resolución del caso.

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