Impugnados, directivos del CEEPAC

 

Por: Eduardo Delgado.

 

Es incierta la permanencia de once funcionarios, con cargos directivos, en el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), porque el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no ha resuelto el Recurso de Revisión Constitucional promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), en desacuerdo porque se incumplieron los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) para designarlos o ratificarlos.

El 30 de noviembre de 2015 las consejeras y los consejeros electorales aprobaron su designación y ratificación. El 4 de diciembre el PAN interpuso un recurso de revisión, desechado el 21 de enero de este año por el Tribunal Electoral de San Luis Potosí (TESLP).

Enseguida, el instituto político recurrió a la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyos magistrados les solicitaron el pasado 5 de febrero a sus pares de la Sala Superior, definir entre ambos órganos colegiados la competencia para resolver al respecto.

Asimismo, cabe referir que en total el CEEPAC designó y ratificó a doce funcionarios, sin embargo uno de ellos, Ricardo Sánchez García, renunció este jueves a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, inconforme por el “burocratismo” imperante en ese organismo.

Acción Nacional impugnó porque desde la perspectiva de ese instituto político los consejeros y las consejeras electorales no siguieron los lineamientos expedidos por el INE.

Los que establecen que la propuesta de cada uno debe ser sujeta de valoración curricular, en cuyo caso deben acreditar experiencia en materia electoral, someterse a una entrevista y a la consideración de criterios que garanticen la imparcialidad de los propuestos. Además observar la equidad y género, en cuyo caso fueron designados o ratificados ocho hombres y apenas cuatro mujeres.

Del acuerdo aprobado en el CEEPAC el 30 de noviembre, Acción Nacional refutó que no se justificó “cómo se hizo la valoración curricular”, no se definió su valor ponderado en el proceso de selección, ni se estableció “quiénes, cuándo y dónde entrevistaron a los aspirantes a ocupar las vacantes”.

No precisaron, añadió, el método por el cuál convocaron a los aspirantes ni por qué medio se hizo del conocimiento de los probables interesados que se iba a llevar a cabo el proceso selectivo, los requisitos a cubrir y la fecha de desahogo de las entrevistas. “Tampoco se encuentra justificado con qué elementos objetivos se garantizó la imparcialidad y profesionalismo de los designados”, añadió.

Sustentó además que los partidos fungen como vigilantes de los actos de los órganos electorales y en ese tenor “se nos debió haber informado desde el inicio del procedimiento y debieron hacernos partícipes de todas las fases del proceso de selección, situación que no sucedió”.

Acción Nacional expuso ante la Sala Monterrey del Tribunal Electoral que el TESLP declaró infundado su agravio, porque los magistrados adujeron que el CEEPAC incluyó en el acuerdo una cedula de valoración curricular y entrevista, y “máxime”, porque no objetó “tal documental”.

Lo que el instituto político rebatió porque “tendenciosamente” se le atribuyó a su representante una confesión que “jamás” realizó y este tuvo conocimiento del acuerdo porque asistió a la sesión y “ahí se nos giró copia del proyecto del acuerdo, pero jamás nos dieron…()…los anexos o documentos que sustentaban el acuerdo”.

Refiere también que “tramposamente”, el TESLP le dio valor probatorio a los anexos del acuerdo impugnado, asevera que su representante lo conoció el propio día de la asamblea y que por ende lo pudo haber impugnado, de modo que en la sentencia le endosó al PAN “la carga de la prueba”, con el argumento de que debió aportar pruebas que desvirtuarán los documentos.

Tras todo ello, los magistrados del TEPJF deberán resolver en definitiva si las designaciones o ratificaciones fueron apegadas o no a las normas electorales, lo que mantiene indefinida la permanencia de once funcionarios en ese organismo electoral.

 

Héctor Avilés Fernández, Secretario Ejecutivo.

Luis Gerardo Lomelí Rodríguez, Director Ejecutivo de Acción Electoral.

Ricardo Sánchez García, Director Ejecutivo de Asuntos Jurídicos. (Renunció)

Daniel Galván Ríos, Director Ejecutivo de Administración y Finanzas.

Lizbeth Lara Tovar, titular de la Unidad de Prerrogativas y Partidos Políticos.

Ruth Ramírez Torres, Directora de Comunicación Electoral.

Edgar Gerardo Sánchez Salazar, Director de Sistemas.

Salvador Hernández Hervert, Director de Recursos Humanos.

Claudia Marcela Ledezma González, director de Finanzas.

Miguel Santillán Campos, director de Organización Electoral.

Juan Carlos Rizzoli Ruiz, director de Capacitación Electoral y Educación Cívica.

Verónica Bravo Espinosa, Director de Recursos Materiales.

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