Mayorga, encubridor de funcionarios, tomará el control de la ASE: EMB

Victoriano Martínez

La Auditoría Superior del Estado le sigue el juego a los diputados de la Comisión de Vigilancia con la inefectiva revisión de los informes finales de auditoría a las cuentas públicas de 2016, porque saben qué no tendrán ningún efecto y los fiscalizados ya se libraron de toda responsabilidad, consideró el ex diputado Eduardo Martínez Benavente.

Tras el anuncia del diputado Héctor Mendizábal Pérez en el sentido de que no se darán a conocer los resultados de la revisión que hizo a los informes un despacho externo sino hasta que concluya el proceso electoral, Martínez Benavente consideró que la postura es sólo un indicio más de las complicidades que siguen en el sistema de fiscalización estatal, al que ahora se vuelve a incorporar Héctor Mayorga Delgado como titular de la Unidad de Evaluación y Control de la ASE.

“Están hechos bolas, unos por ignorantes y otros por perversos. Lo que sí es cierto es que la ASE ya no podrá fincar responsabilidades a nadie, pues si lo hace, se le caen con amparo que solicite a la Justicia Federal el ente auditado”, dijo quien en 2004 encabezó la Comisión de Vigilancia cuando se reprobó la Cuenta Pública del ex gobernador Fernando Silva Nieto.

Señaló que con el nombramiento de Mayorga Delgado se cancela cualquier aspiración ciudadana para combatir la corrupción en el Estado.

“Hay un responsable de este desastre, el gobernador del estado, Juan Manuel Carreras. No hay contrapesos. Todo es una farsa. El ciclo de Mayorga como funcionario público ya había concluido. Su paso como auditor superior del Estado se caracterizó por haber sido un encubridor de los funcionarios que manejaron deshonestamente los recursos públicos”, expresó.

Consideró que aunque no se puede negar que Mayorga Delgado conoce bien la función que se le encomienda, el problema es que la conoce “demasiado bien como para acomodar cualquier asunto a los intereses de sus amigos y recomendados, y chamaquear a los diputados de la Comisión de Vigilancia”.

Mencionó que la amistad que tiene Mayorga Delgado con la titular de la ASE, Rocío Cervantes Salgado, es innegable. “De hecho se convertirá en su jefe y asesor. Sus atribuciones son muy amplias, pues será el vínculo entre la Comisión y la ASE, el proveedor y asesor de los análisis técnicos de la Comisión de Vigilancia, integrada por lo general, por diputados corruptos e ignorantes en la materia”.

Agregó que de acuerdo con la normatividad, la Comisión de Vigilancia coordinará y evaluará el desempeño de la ASE a efecto de que se ajuste a las normas y procesos de las auditorias gubernamentales con base en la información y criterios que les dicte Mayorga.

Con relación al anuncio de Mendizábal Pérez sobre los resultados de la revisión de un despacho externo a los informes finales de auditoría, Martínez Benavente señaló que los diputados incumplieron al no revisar, no justificar ni ordenar la reposición de las auditorías en tiempo y con dictámenes individualizados para cada uno de los entes fiscalizados.

“Los diputados no tienen facultades para ordenar la revisión de los procedimientos de auditoría, que están claramente normados y no dan lugar a interpretación alguna. La titular de la ASE también está involucrada en esta asociación de corruptos. Les sigue el juego”, estimó, “creo que le falta carácter para imponer su autonomía y conocimientos”.

Este martes, la ASE proporcionó vía la Plataforma Nacional de Transparencia una respuesta a una solicitud de información en la que niega la entrega de una copia del informe final de auditoría a la cuenta pública del Poder Ejecutivo con el argumento de que no fue aprobada por el pleno del Congreso.

La causal para negar información no está contemplada en la Ley de Transparencia que, lejos de consideraciones sobre la aprobación o no de los documentos, señala en cuando menos 11 artículos que los sujetos obligados deben entregar la información pública que se encuentre en su posesión.

La Ley define derecho de acceso a la información pública como el “derecho humano de las personas para acceder a la información pública en posesión de los sujetos obligados, en los términos de esta Ley”.

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