Observa ASF 582 mdp a UASLP en Cuenta 2016; por su autonomía quedan justificados

Victoriano Martínez

La autonomía universitaria da hasta para incumplir compromisos, convenio firmado de por medio, sobre la aplicación del financiamiento público que recibe.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) hizo observaciones a la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) por incumplir con el convenio marco de Colaboración para el Apoyo Financiero con la Federación y el Estado de 2016 por 582 millones 615 mil 932 pesos, de las que solventó el 99.31 por ciento porque por su autonomía “es la responsable de la comprobación del gasto”.

De los 2 mil 12 millones 866 mil pesos de presupuesto que ejerció la UASLP en 2016, mil 805 millones 679 mil 800 pesos fueron recursos federales y 207 millones 186 mil 600 pesos estatales. La ASF auditó mil 719 millones 227 mil 300 pesos.

La observaciones por incumplimiento del convenio equivalen a un 28.95 por ciento del total de recursos ejercidos por la UASLP, pero fueron solventados casi en su totalidad con un solo oficio de la Dirección General de Educación Superior Universitaria de la SEP: el oficio número 511/17. En la enumeración de cada una de las observaciones, se incluye la justificación siguiente:

“En general, pero variando en forma según la legislación propia de cada universidad, los montos federales junto con las aportaciones estatales y los “recursos propios” pasan a constituir el patrimonio universitario. Esto es, a formar una sola bolsa cuya distribución corresponde, por ley, a la universidad. La información correspondiente del Anexo de Ejecución, es únicamente indicativa, más no estrictamente obligatoria ya que la institución tiene autonomía de gestión”.

De siete irregularidades en el cumplimiento del convenio señaladas, en el informe de auditoría de la tercera entrega por parte de la ASF sólo aparecen como no solventadas un monto por 4 millones 10 mil 854 pesos, con la clave 16-4-99027-02-1438-06-001 y el siguiente pliego de observaciones:

“Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 4,010,854.00 pesos (cuatro millones diez mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), más los rendimientos generados, desde su disposición hasta su reintegro a la Tesorería de la Federación, por pagos indebidos de 51 plazas que no cumplen los requisito de profesores de asignatura nivel C, y por el pago indebido de 22 plazas docentes del Departamento Universitario de Inglés que no cumplen con los requisitos necesarios para ser considerados como profesores de asignatura en el Centro de Idiomas”.

Las observaciones que fueron solventadas con el oficio número 511/17 de la Dirección General de Educación Superior Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior de la SEP con el argumento de que la UASLP puede incumplir el convenio por contar con autonomía son:

  • Incumplimiento de la Cláusula Segunda del Convenio: 75 millones 624 mil 262.87 pesos derivados del Capítulo 4000, Pensiones y Jubilaciones 2016, 62 millones 668 mil 896.83 pesos, Pensiones y Jubilaciones 2015, 11 millones 22 mil 762.99 pesos, y del Capítulo 5000, Adquisiciones, 753 mil 203.36 pesos y ADEFAS 2015 por un millón 159 mil 399.69 pesos.
  • Incumplimiento de las cláusulas Primera, Segunda y Octava del Convenio: 234 millones 28 mil 917.78 pesos sobre los que la ASF “determinó que la Universidad pagó en exceso prestaciones contractuales”.
  • Incumplimiento de las cláusulas Primera, Segunda y Octava del Convenio: 255 millones 89 mil 684.27 pesos que la ASF determinó que la UASLP los pagó “por concepto de prestaciones no ligadas al salario, no consideradas en el convenio marco financiero y su anexo de ejecución”, además de que “no presentó la documentación que autorice el pago de estas prestaciones contractuales”.
  • Incumplimiento de las cláusulas Primera, Segunda y Octava del Convenio: 2 millones 959 mil 332.62 pesos por pagos “en exceso por sueldos de 7 plazas de mandos medios, respecto de lo autorizado en el convenio marco de apoyo financiero y su anexo de ejecución”.
  • Incumplimiento de los artículo 2 y 5, fracción II, de la Ley para el Ejercicio de las Profesiones en el Estado y 30 del Reglamento del Personal Académico de la UASLP: 8 millones 717 mil 229.86 pesos “para el pago (horas clase) de 136 plazas que no cumplen con los requisitos necesarios para ser considerados como profesores de asignatura de nivel “C””.
  • Incumplimiento de la Referencia 3 del anexo del Programa de Reestructuración de la Enseñanza del Idioma Inglés en la UASLP, aprobado por el Consejo Universitario el 30 de junio de 1998: 535 mil 361.74 pesos utilizados “para el pago de 22 plazas docentes en el Departamento Universitario de Inglés, que no cumplen con los requisitos necesarios para ser considerados como profesores de asignatura en el Centro de Idiomas”.
  • Incumplimiento de las cláusulas Primera, Segunda y Octava del Convenio: 5 millones 661 mil 143.27 pesos por pagos “en compensaciones a personal, no consideradas en el convenio marco de apoyo financiero”.

De acuerdo con el oficio, las observaciones fueron desahogadas con un solo oficio en el que la Dirección General de Educación Superior Universitaria declara que la información del Anexo de Ejecución del Convenio Marco de financiamiento “es únicamente indicativa, más no estrictamente obligatoria ya que la institución tiene autonomía de gestión”.

En otras palabras, los compromisos adquiridos en el Convenio Marco sobre la aplicación de recursos se dan por no establecidos porque, con la autonomía universitaria, a la UASLP le alcanza para, una vez recibido el dinero, hacer con él prácticamente lo que le venga en gana.

Auditoría_ASF_2016_1438_a
Respuesta AEGF Oficio número DGEGF_0259_2018

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