Opacidad dolosa, culpabilidad manifiesta

Por Victoriano Martínez

La transparencia en las instituciones públicas no es un tema difícil.

Toda la información en posesión de los servidores públicos relacionada con sus funciones es pública y sólo por dos excepciones puede negársele a la ciudadanía: cuando se ejerza la protección de datos personales y cuando existan causales de reserva.

Dos conceptos muy diferentes: los datos personales se protegen en los documentos que los contengan para dar como resultado una versión pública que le permite a cualquier persona el derecho a conocer el resto de la información contenida en ellos.

Las causales de reserva están precisadas en las leyes de transparencia y, para hacerse valer, los funcionarios tienen que demostrar que dar a conocer públicamente la información en cuestión provoca mayor daño a la sociedad que el beneficio de su publicidad.

Una condición que deben demostrar en un acuerdo de reserva emitido por el Comité de Información de la institución que debe indicar con claridad el daño presente, probable y específico que causaría a la sociedad en caso de difundirse la información.

Después de 15 años de que entró en vigor la primera ley de transparencia en el estado, la LXI Legislatura del Poder Legislativo –organismo que lleva en su haber la aprobación de tres leyes de transparencia, cada una de ellas cronológicamente más avanzada por la incorporación de las mejores prácticas en el tema– exhibe de la manera más infantil su vocación por la opacidad.

En la Plataforma Nacional de Transparencia (versión actual de lo que antes fue el sistema remoto de solicitudes de información Infomex) se puede encontrar una colección de lo que podría considerarse una pifia, de no ser porque proviene de la Legislatura a la que le tocó aprobar la versión más actualizada de la ley de transparencia, armonizada con la ley general y, por tanto, de las más avanzadas.

Sí, la pifia consiste en que en sus respuestas, el Poder Legislativo confunde o mezcla los conceptos de protección de datos personales e información reservada para negar información pública. Por si fuera poco, omite el procedimiento que ellos mismos aprobaron para hacer valer la condición de información reservada de documentos públicos. La niega sin el obligado acuerdo de reserva.

“De primaria”, dirían en un aula de la Facultad de Derecho. Pero es inaceptable tanta ignorancia cuando ellos mismos aprobaron el manejo normativo de esos conceptos. Si fuera ignorancia, muy grave. Pero como tal ignorancia es poco creíble, la opción que queda es mucho más grave: un indudable dolo para ocultar información pública.

Los cuatro casos presentados por Astrolabio Diario Digital, detectados en la consulta pública de solicitudes de información de la Plataforma Nacional de Transparencia, coincidentemente se trataron del mismo tema: informar cómo y en qué se gastaron recursos públicos por diversos conceptos cuatro diputados.

Nada más obligado para un servidor público que dar cuenta del uso que hace del erario.

Nada más cuestionado en los últimos meses que la forma irregular en la que los diputados han utilizado los recursos públicos, para apropiárselos, falseando entregas de apoyos a beneficiarios que nunca los recibieron o comprobando gastos con la compra de facturas a empresas inexistentes.

No, no es una pifia.

No, la transparencia no es un tema difícil.

Lo verdaderamente difícil es que el servidor público que se sabe corrupto cumpla con sus obligaciones de transparencia… y a estas alturas, siendo la Legislatura de la ecuación corrupta, tal ocultamiento es prácticamente una confesión de culpa.

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