CEGAIP manipula y retiene quejas al INAI en su contra

Por Victoriano Martínez

La Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) manipula y retiene documentos de solicitantes de información que, en desacuerdo con sus resoluciones, presentan recursos de inconformidad ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al caso denunciado por Jesús Piña Fraga el pasado 20 de febrero, se suma el recurso de inconformidad RIA 0008/2019 tramitado por Manuel Nava Calvillo el pasado 18 de enero, al no ser notificado de la resolución del recurso de revisión RR-894/2018-3, en el que consideró que no se le garantizó su derecho a obtener de la Auditoría Superior del Estado las declaraciones patrimoniales del ex alcalde Ricardo Gallardo Juárez.

Nava Calvillo presentó ante la CEGAIP su escrito dirigido al INAI, como marca la Ley General de Transparencia, porque a pesar de que su queja debió resolverse a más tardar el 7 de enero, 11 días después no tenía ninguna noticia del caso.

Por ser viernes el 18 de enero, la CEGAIP tenía como límite el lunes 21 para hacer llegar el documento al INAI. Lo hizo, pero antes de enviarlo le notificó a Nava Calvillo la presunta resolución de su recurso ante la Comisión presuntamente acordada el 7 de enero. Así logró enviar la inconformidad ante el INAI con la notificación de que sí había resuelto en tiempo.

No obstante, fue hasta el 22 de enero cuando hizo llegar a Nava Calvillo, vía correo electrónico, el documento completo de la resolución.

Al tratar de localizar el acta de la sesión del 7 de enero en la que se resolvió el caso, en su apartado de la Plataforma Estatal de Transparencia sólo aparece el vínculo a un documento en Word en el que aparece la leyenda “no se genera”, en tanto que en la lista de resoluciones sólo aparecen 36, y ninguna corresponde al caso de Nava Calvillo.

Como consecuencia de haber anexado al escrito de inconformidad ante el INAI la notificación de la presunta resolución, el INAI previno a Nava Calvillo para que aclarara el motivo de su queja porque señaló que ese organismo “no advierte cuál es la omisión señalada en el escrito”. La omisión fue subsanada por la CEGAIP posterior a la queja.

Nava Calvillo presentó ante la CEGAIP la respuesta a la previsión el 18 de febrero, en la que señaló que la omisión de su escrito original la subsanó la CEGAIP previo al envío de su escrito, y señaló agravios de la presunta resolución del organismo garante estatal. El plazo para que atendiera la previsión venció el 19 de febrero.

De acuerdo con la Ley General de Transparencia, la CEGAIP tiene 24 horas para enviar los documentos dirigidos al INAI.

El 1 de marzo, para sorpresa de Nava Calvillo, fue notificado por el INAI de un acuerdo en el que se da por no presentado el recurso de inconformidad por no haber atendido a la prevención.

“Al día del presente acuerdo, no fue presentado desahogo de prevención alguno por parte de la particular”, señala n el punto X de los “resultandos” de la resolución del INAI.

La CEGAIP omitió el envío en tiempo del documento presentado por Nava Calvillo, y de ello dejó constancia en el acuerdo de cumplimiento de su resolución por parte de la Auditoría Superior del Estado, en el que –hasta el 20 de febrero, un día después de que tenía que remitir el escrito– la comisionada María José González Zarzoza indica que se remita el escrito.

El acuerdo INAI que desecha la inconformidad de Nava Calvillo tiene fecha del 27 de febrero, es decir, nueve días después de que cumplió el requerimiento del INAI, la CEGAIP omitió hacer llegar su respuesta y, con ello, impidió que el organismo nacional revisara el caso.

Como resultado, Nava Calvillo sigue sin poder tener acceso a las declaraciones patrimoniales del ex alcalde Ricardo Gallardo Juárez.

Documentos:

CEGAIP notifica presunto cumplimiento de la ASE.

INAI declara no presentado el recurso de inconformidad

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