5 años sin sentencia: el largo camino de Elena en busca de justicia

Nota: Esta entrega da seguimiento al reportaje publicado por Astrolabio Diario Digital el 21 de mayo de 2025, titulado “La incansable lucha de Elena por justicia después de sufrir un abuso sexual”. A un año y cuatro meses de aquella primera documentación (499 días después), el proceso penal ha sumado nuevos aplazamientos, recursos de amparo y la liberación del acusado. Para Elena, la espera por justicia continúa.

María Ruiz

El camino judicial para las sobrevivientes de violencia sexual puede convertirse en una sucesión de audiencias, cambios de abogados, recursos y esperas que terminan por prolongar durante años un proceso que comenzó con la denuncia de un hecho grave.

El caso de Elena (nombre utilizado para proteger sus datos personales) comenzó cuando todavía era menor de edad, tenía 16 años y cursaba el bachillerato. Un hombre la abordó en la vía pública, para después privarla de su libertad durante varios minutos para consumar una agresión sexual, tras lo cual la abandonó amenazada en la vía pública.

Desde entonces, ha tenido que enfrentar un proceso penal que lleva más de cinco años y que, hasta ahora, no ha llegado a una sentencia.

La historia de Elena muestra también cómo los tiempos y las decisiones propias de un proceso penal pueden terminar teniendo un efecto concreto sobre la víctima: volver una y otra vez al expediente, prepararse para audiencias que finalmente no se realizan y mantenerse pendiente de recursos que pueden cambiar de nuevo la fecha del juicio.

El inicio del proceso y los primeros diferimientos

El proceso comenzó formalmente en enero de 2021. Después del hecho denunciado, la integración de la carpeta de investigación en la Fiscalía General del Estado tomó alrededor de dos años. La investigación complementaria cerró en noviembre de 2023, hasta que posteriormente se solicitó y se ejecutó una orden de aprehensión.

El acusado O. N. fue presentado ante un Juez de Control. En la audiencia inicial se dictó auto de vinculación a proceso por el delito de violación y se impuso prisión preventiva oficiosa como medida cautelar.

El proceso debía continuar hacia la etapa intermedia y, posteriormente, al juicio oral.

En febrero de 2025 se dictó el auto de apertura a juicio oral y el juicio fue programado inicialmente para abril de 2025. Elena había llegado ya a esa etapa del proceso, con una fecha señalada para que se celebrara el juicio.

Sin embargo, cuando el asunto ya se encontraba en etapa de juicio oral, la defensa que llevaba el caso en ese momento planteó regresar ante el Juez de Control para explorar la posibilidad de un procedimiento abreviado.

En mayo de 2025, las partes acudieron nuevamente ante el Juez de Control para plantear esa posibilidad. Esta salida contempla que la persona imputada acepte su responsabilidad a cambio de una reducción de la pena, conforme a las condiciones que establece la legislación.

La posibilidad no prosperó en los términos planteados por las partes.

Cambios de defensa y nuevos aplazamientos

A partir de entonces se sucedieron cambios en la representación legal del acusado. Durante el proceso existieron distintos cambios entre defensas particulares y públicas. Cuando ingresaban nuevas defensas, se argumentaba que todavía no estaban debidamente inmersas en la carpeta de investigación y requerían tiempo para conocerla y revisar las actuaciones antes de continuar con el proceso.

A ello se sumaron distintos recursos promovidos durante el procedimiento, problemas con notificaciones que no fueron entregadas oportunamente a las partes y también ocasiones en las que, aun encontrándose la defensa en las instalaciones judiciales, no se presentó a las diligencias correspondientes.

Uno de los puntos de desacuerdo estuvo relacionado con la pena propuesta por el Ministerio Público, que planteó una sanción superior a los 30 años al considerar la figura de Violación en Concurso Real.

La defensa del acusado, por su parte, buscó una recalificación jurídica que permitiera una pena menor, como delito único de Violación Simple. Al no alcanzarse un acuerdo bajo esas condiciones, el abogado que llevaba el caso dejó la representación y posteriormente llegó una nueva defensa particular.

Los cambios de representación (entre abogados particulares y defensores públicos) terminaron por ampliar los tiempos del proceso. Algunos de los diferimientos implicaron esperas de cuatro meses y, en otros momentos, de casi un año.

Para Elena, cada suspensión significó volver a prepararse para una audiencia que finalmente no ocurría. A ello se sumó el desgaste emocional y económico que ha implicado sostener el proceso durante estos años.

En el contexto en el que se estaba planteando la posibilidad de un procedimiento abreviado, al salir de una audiencia, una de las defensas manifestó que llevaban en ese momento 50 mil pesos para entregarlos como parte de la propuesta que estaban realizando.

Elena no aceptó el ofrecimiento. El planteamiento también fue conocido por la asesoría jurídica que la acompañaba.

El ofrecimiento de los 50 mil pesos ocurrió dentro de las conversaciones para buscar un procedimiento abreviado; sin embargo, no se presenta como una reparación del daño ni como una equivalencia jurídica de lo que implicaría dicho procedimiento, sino como el ofrecimiento concreto que, de acuerdo con el relato de Elena, realizó una de las defensas y que ella rechazó.

El límite de dos años de prisión preventiva


Uno de los momentos decisivos ocurrió cuando el proceso se acercó al límite de tiempo permitido para mantener al acusado en prisión preventiva.

La legislación establece límites a la duración de esta medida cautelar. Cuando la prisión preventiva se prolonga por dos años sin que exista una sentencia, debe revisarse su continuidad, considerando también a quién son atribuibles las demoras del proceso.

En agosto de este año 2026, la defensa solicitó una audiencia para revisar y modificar la medida cautelar.

La audiencia se prolongó durante más de siete horas. La jueza realizó un cómputo de los días transcurridos para determinar qué parte de la demora podía atribuirse a la defensa y cuál correspondía al funcionamiento del sistema de justicia.

En una primera revisión, la autoridad judicial consideró que el retraso atribuible al aparato de justicia era de aproximadamente un año, 11 meses y algunos días. El resto de las demoras, determinó, correspondía a actuaciones de la defensa.

Con ese cálculo, la jueza decidió mantener la prisión preventiva.

El amparo y la liberación del acusado

La defensa recurrió esa determinación. Promovió una recusación para intentar apartar a la juzgadora del conocimiento del asunto y posteriormente acudió a la justicia federal mediante un juicio de amparo.

Un Juzgado de Distrito concedió el amparo para que se revisara nuevamente el cálculo de los plazos, sin reabrir el fondo del proceso penal.

Al realizarse una nueva contabilización, el tiempo atribuido al funcionamiento de la administración de justicia aumentó en dos meses. Con ello, el cómputo superó los 24 meses de prisión preventiva.

La consecuencia fue el cambio de la medida cautelar y la puesta en libertad del acusado, semanas antes de la fecha prevista para el juicio oral.

Durante la audiencia, la representación social y la asesoría jurídica de la víctima plantearon la necesidad de considerar el riesgo procesal y las condiciones particulares de Elena como víctima de violencia sexual y como persona que sufrió los hechos cuando era menor de edad.

Las medidas impuestas finalmente consistieron en la prohibición de salir del país y la obligación de acudir una vez al mes a firmar ante el juzgado. No se estableció vigilancia policial permanente ni una restricción geográfica adicional.

Otra vez, el juicio se detiene

El juicio oral fue nuevamente programado para septiembre de 2026.

Pero cuando llegó la fecha, el proceso volvió a detenerse.

La defensa particular promovió nuevos recursos prácticamente en vísperas de la audiencia: un juicio de amparo, un recurso de queja y una segunda recusación contra el órgano colegiado encargado del juicio.

Las notificaciones ingresaron a la plataforma digital del tribunal durante la noche del viernes anterior a la audiencia, por lo que la contraparte tuvo margen limitado para conocer y atender formalmente los nuevos planteamientos antes del inicio de la sesión que realizó el día lunes 28 de septiembre.

El día señalado para el juicio, el acusado acudió personalmente al recinto judicial, pero sus abogados particulares no se presentaron en la sala.

Sin defensa técnica presente, el juicio no pudo desarrollarse. La audiencia tuvo que ser diferida nuevamente mientras se determina la intervención de la Defensoría Pública o las medidas que correspondan respecto de los abogados particulares.

Garantizar el derecho del acusado a una defensa adecuada y garantizar a la víctima una justicia pronta y sin revictimización no son objetivos incompatibles. Ambos constituyen obligaciones del Estado.

Para Elena, aquello significó una nueva espera.

Cuando el tribunal también se convierte en un espacio de revictimización

La prolongación del proceso no sólo ha significado esperar una sentencia. También ha obligado a Elena a encontrarse, en distintas ocasiones, en los mismos espacios que el hombre al que señala como su agresor.

En las instalaciones del tribunal penal, según el testimonio de la sobreviviente y lo ocurrido durante las jornadas de audiencia, no existen condiciones suficientes para mantener separados los recorridos y espacios de espera de las víctimas y de las personas imputadas.

En una de las jornadas, Elena tuvo que permanecer en una sala de espera a unos dos metros del acusado. También compartieron áreas comunes, incluidos los sanitarios.

Para una sobreviviente de violencia sexual, estos encuentros no son un detalle menor. Significan permanecer durante horas en un espacio institucional junto a la persona a la que acusa, mientras espera saber si la audiencia para la que se preparó durante meses finalmente se realizará.

A esto se suma que la carga de mantener el seguimiento de un proceso penal no debería recaer en quien acudió al sistema de justicia para denunciar un delito. Sin embargo, en la práctica, Elena ha terminado pendiente de fechas, audiencias, recursos y cambios de representación.

Hoy, después de más de cinco años, el proceso sigue sin sentencia. Ha pasado por distintos cambios en la estrategia de defensa, recursos de amparo, modificaciones en la medida cautelar y nuevos diferimientos del juicio oral.

Para Elena, la exigencia ya no se reduce a que el proceso llegue finalmente a una sentencia. También implica que el sistema de justicia pueda garantizar que una víctima de violencia sexual no tenga que atravesar una y otra vez por las mismas circunstancias que prolongan el proceso y agravan su desgaste.

El sentir de Elena refleja el costo humano que implica enfrentarse a un aparato institucional deficiente.

“Siento que están defendiendo más a esta persona que fue mi violador, que a mí como víctima”, ha expresado tras presenciar cómo los argumentos legales parecen alinearse en favor del imputado mientras a ella se le somete a un constante cuestionamiento.

La vivencia dentro de las salas de audiencia le ha dejado la certeza de que el sistema minimiza el impacto del delito en la vida de una mujer o una niña.

“Te ponen mucho hincapié en cosas que son difíciles para alguien como víctima… me tocaba escuchar por el robo de un auto pedir 10 años, y esta persona quería cinco por agredirme sexualmente. Me estás diciendo que por un carro les vas a dar 10 años y a mí me vas a dar cinco porque “pobrecito”, que aparte todavía tenemos que pensar en él, y cómo le está afectando el proceso, cuando yo tuve que reconstruirme a mí misma y seguir reconstruyendo mi vida”.

La liberación de su acusado antes del juicio reavivó una vulnerabilidad latente y la sensación de abandono institucional. “Es doloroso ir y que te den esta chispita de que la justicia está girando a tu favor y luego vienen y te dicen: ‘No te creas, no siempre es así’. Te quitan esa poca esperanza y te vuelven a demostrar que parece que la justicia está hecha para los agresores, para que ellos nunca toquen la cárcel, para que ellos nunca se hagan responsables de sus atrocidades”.

En ese sentido, la sobreviviente cuestiona el papel del Poder Judicial del Estado en la protección de quienes han sido víctimas desde la infancia.

“Hasta la fecha, cinco años después, yo nunca, en ningún momento que he estado en estas instituciones me he sentido segura, defendida. Siempre he sentido que yo tengo que pelear con ellos para que me crean”.

La justicia que espera no es únicamente la conclusión de un expediente. Es que, después de cinco años, el proceso pueda avanzar sin que cada nueva audiencia vuelva a convertirse en otra espera.