5 matrimonios igualitarios en SLP durante último bimestre de 2015

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Por: Antonio González Vázquez.

 

Luego de que la justicia federal declarara inconstitucional por lo menos en cinco ocasiones la fracción normativa del artículo 15 del Código Familiar para el estado de San Luis Potosí, que define al matrimonio como la “unión entre un hombre y una mujer” y la enunciación “perpetuar la especie” por su evidente exclusión y violación a los principios constitucionales de igualdad y no discriminación, será este último bimestre del año que múltiples parejas del mismo sexo contraigan matrimonio civil en el estado.

En principio de cuentas, la pareja integrada por Angélica y Nancy celebrarán su matrimonio este sábado 24 de octubre, de la misma forma Gloria y Teresa firmarán su contrato matrimonial en la ciudad de Rioverde. Por otro lado, el 13 de noviembre Araceli y Fátima estarán frente al juez, Jessica y Norma y Gerardo y Abraham harán lo propio el 18 y 19 de diciembre respectivamente. Por último Ana Karen y Jackeline se casarán el 13 de febrero de 2016, anunció la Red de Diversificadores Sociales.

Al respecto, es importante resaltar la disposición de la gran mayoría de las oficialías del registro civil quienes cuentan con la sensibilidad para abordar el tema y se encuentran receptivas a la próxima reforma que permita agilizar los trámites matrimoniales de las parejas homosexuales, que en la actualidad tienen que atravesar por un proceso judicial para poder acceder a esta figura jurídica para la formación de una familia.

Resalta el hecho de que en las oficinas registrales permea la idea general de que no existe ninguna justificación racional para reconocer a los homosexuales todos los derechos fundamentales que les corresponden como individuos y, al mismo tiempo, reconocerles un conjunto incompleto de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones de pareja.

La exclusión de los homosexuales de la institución matrimonial perpetúa la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad.

En el caso del Estado de San Luis Potosí, ni siquiera podría decirse que se trate de un “conjunto incompleto” de derechos, ya que no existe ninguna figura jurídica a la que puedan acogerse las parejas homosexuales que pretendan desarrollar una vida familiar.

Así, la exclusión de las parejas homosexuales del régimen matrimonial en esta entidad federativa se traduce en una triple discriminación:

  1. a) La existencia misma de la ley transmite un mensaje excluyente hacia las personas homosexuales que, queriendo o no contraer matrimonio, saben que la ley no les reconoce dicho derecho, por lo que no tienen acceso a dicha posibilidad, contrario a lo que sucede con las personas heterosexuales;

  1. b) El artículo impugnado priva a las parejas homosexuales de los beneficios del matrimonio y los excluye de los beneficios materiales; y

  1. c) La exclusión no sólo afecta a las parejas homosexuales, sino también a sus hijas e hijos. En efecto, es una realidad que al margen de que las parejas homosexuales puedan acceder al matrimonio, existe un creciente número de ellas que deciden criar niños y niñas, ya sea a los procreados en anteriores relaciones heterosexuales, utilizando para esos fines las técnicas de reproducción asistida, o a través de adopciones monoparentales. La discriminación legislativa hacia las parejas homoparentales repercute directamente en esos niños y niñas. En esta línea, la medida impugnada se traduce también en un trato discriminatorio por parte de la ley hacia las hijas e hijos de las parejas homosexuales, que los colocan en un plano de desventaja respecto de las hijas e hijos de parejas heterosexuales.

Por último, quienes integramos la Red Diversificadores Sociales extendemos una felicitación a las próximas parejas que celebrarán su matrimonio civil. Al tiempo que exhortamos al Congreso del Estado a que agilice el proceso legislativo y reforme la ley vigente.

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