Congreso aprueba la tipificación de la violencia vicaria en SLP

Fernanda Durán

Después de años de exigencia por parte de colectivos de víctimas, el Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó este martes 13 de mayo la reforma para tipificar la violencia vicaria en el Código Penal estatal. La votación se resolvió con 22 votos a favor y una abstención de la diputada panista Mireya Vancini.

Durante la sesión, el dictamen fue modificado para incorporar explícitamente la perspectiva de género, un elemento clave que había sido señalado como ausente por organizaciones de la sociedad civil.

La redacción final del artículo 207 Ter establece que comete el delito de violencia vicaria “el hombre que dolosamente cause daño por sí o por interpósita persona a la mujer con la que mantenga o haya mantenido una relación de parentesco por consanguinidad, afinidad, concubinato, convivencia o matrimonio, utilizando como medio para causar ese daño a las hijas o hijos de la víctima, pudiendo generar también a estos últimos un daño físico y/o psicoemocional”.

El nuevo tipo penal fue incorporado dentro del Título Sexto del Código Penal del Estado, en un capítulo denominado “Violencia Vicaria”, sumándose a los delitos contra la familia. La propuesta aprobada contempla sanciones de dos a ocho años de prisión, además de una multa de 140 a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Las penas podrían incrementarse si se comete a través de terceras personas.

Durante su intervención en tribuna, la diputada del Partido Verde, Roxanna Hernández Ramírez, destacó que esta reforma representa un paso histórico para visibilizar y sancionar una forma de violencia que por años se normalizó y se ocultó bajo el silencio institucional. Recordó que muchas mujeres han sido separadas de sus hijos como forma de castigo emocional, sin que existiera reconocimiento jurídico de este tipo de agresiones.

Hernández también subrayó que esta reforma busca proteger no solo a las mujeres, sino también a las infancias utilizadas como instrumento de daño. Señaló que el delito de violencia vicaria no solo causa afectaciones físicas o emocionales, sino también económicas y patrimoniales, al instrumentalizar a hijas, hijos, personas mayores, con discapacidad, e incluso mascotas o bienes materiales para ejercer control o venganza.

El dictamen aprobado retoma las iniciativas presentadas por la ciudadana Isabela Lastras y por la propia diputada Roxanna Hernández Ramírez. Sin embargo, los colectivos como el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria en San Luis Potosí habían denunciado previamente la exclusión de elementos esenciales propuestos en la versión original, como la mención expresa del carácter de violencia de género.

Finalmente, esta observación fue corregida en la sesión de votación mediante una modificación de última hora.

Con esta aprobación, San Luis Potosí se suma a las entidades que ya han legislado en esta materia. No obstante, los colectivos advirtieron que seguirán vigilantes de que la implementación sea efectiva con capacitación institucional, protocolos claros y sin simulaciones.

A la par de esto, integrantes y representantes del frente nacional contra la violencia vicaria que acudieron a la sesión como Carla Ress y Claudia Ugalde indicaron que continuarán las mesas de trabajo con las diputadas para perfeccionar y continuar con las legislaciones relacionadas con la violencia vicaria.

Durante la sesión también estuvieron presentes los integrantes de los colectivos quienes buscan que la violencia vicaria no sea reconocida únicamente contra las mujeres.

Desde febrero de 2024 el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de San Luis Potosí, incluyendo la definición de violencia vicaria por considerarla una herramienta necesaria para combatir la violencia contra las mujeres.

Skip to content