Fernanda Durán
Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación y Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Congreso del Estado resolvieron desechar por improcedente la iniciativa que proponía la creación de una comisión especial encargada de atender e investigar los conflictos relacionados con el denominado Fondo de Capitalización Social del Magisterio Potosino (CONCASOL) de la Sección 26 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE).
La propuesta, presentada durante la LXIII Legislatura por la entonces diputada Liliana Flores Almazán, fue revisada nuevamente en cumplimiento a una sentencia de amparo emitida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil y Administrativa del Noveno Circuito.
La resolución ordenó a la actual legislatura emitir un nuevo dictamen, debidamente fundamentado, tras declarar insubsistente el anterior por falta de motivación jurídica.
Durante la sesión de trabajo, en el que solamente estuvieron presentes tres diputados y ocho en línea de 15 diputados que componen las comisiones unidas, se revisaron las respuestas remitidas por la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Educación, quienes proporcionaron información sobre el estado actual del fideicomiso 1499, creado en la década de 1990 y extinguido formalmente en 2023.
Los dictámenes y opiniones coincidieron en que el fondo ya no tiene existencia jurídica, pues se trató de un convenio que perdió vigencia sin convertirse en un fideicomiso legalmente constituido.
El análisis de las comisiones determinó que la propuesta de crear una comisión especial carece de sustento legal, ya que el Congreso del Estado no tiene facultades para citar a particulares —como los integrantes del comité técnico del fondo—, ni para realizar auditorías externas o investigar responsabilidades penales, funciones que corresponden a otras instancias como el Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE) y la Fiscalía General del Estado.
Asimismo, se subrayó que el Poder Legislativo solo puede revisar cuentas públicas y fiscalizar recursos públicos mediante los mecanismos previstos en la Constitución local, por lo que la auditoría propuesta hacia la Sección 26 del SNTE excede las atribuciones del Congreso.
También se consideró improcedente la pretensión de que el Legislativo destinará recursos presupuestales para otorgar un bono a los maestros jubilados, al no existir base jurídica para ello.
Con base en las opiniones técnicas y constitucionales recabadas, las comisiones unidas declararon improcedente la iniciativa y resolvieron desecharla formalmente, dejando a salvo el derecho de los docentes afectados para acudir ante las instancias competentes en caso de considerar que existen responsabilidades o afectaciones derivadas de la extinción del fondo.





