Interapas y las tarifas con subsidio cruzado

Por Victoriano Martínez

El incremento a las tarifas del servicio de agua potable ya quedó definido en la Comisión del Agua del Congreso del Estado: para 21 organismos operadores de ese servicio tendrán un incremento del 4.93 por ciento, en tanto que para la capital y su zona conurbada (Interapas) el aumento será diferenciado, igual que el año pasado.

Para los usuarios domésticos abastecidos por el Interapas, con excepción de los residenciales, el aumento a la tarifa será del 3.8 por ciento en tanto que, para el servicio residencial, para instituciones públicas, comercial e industrial las tarifas se incrementarán en un 6.6 por ciento.

En el caso de las cuotas fijas en el servicio doméstico, la diferencia entre lo que pagan los usuarios residenciales contra los demás no aumenta mucho: este año los usuarios del servicio residencial pagan 6.21 veces lo que pagan el resto de los usuarios domésticos. Para 2026 esa diferencia será de 6.37.

En cuanto a las tarifas por servicio medido, los usuarios populares pagarán por cada metro cuadrado entre 6.42 pesos y 48.12 pesos según el volumen de consumo, en tanto que los usuarios residenciales entre 6.52 pesos y 48.89 pesos. En este caso la diferencia tarifaria es mínima.

A diferencia de diciembre de 2023, este es el segundo año en el que la disputa por las tarifas no se ve contaminada por posturas de politiquería como en ese 2023 previo al año electoral 2024, cuando la discusión por las tarifas estuvo marcada por posturas de rechazo a cualquier aumento que buscaban congraciarse con el electorado.

Aun así, en declaraciones como las del alcalde Enrique Galindo Ceballos, quien afirmó que la tarifa popular permanece sin cambios y el resto de las cuotas únicamente se actualizan conforme a la inflación, no se pierde la oportunidad de asumirse como benefactor de quien tiene menos posibilidades de pago, que es la inmensa mayoría.

No quisiera confundir a la opinión pública, pero no hay un aumento como tal en nuestra Ley de Ingresos”, aseguró Galindo Ceballos, cuando la única tarifa de agua potable que podría aparecer en la Ley de Ingresos es la que cobra la Dirección de Agua Potable del Ayuntamiento a la zona que estuvo concesionada a Aguas del Poniente.

Si no pretende confundir a la opinión pública y afirma que en la Ley de Ingresos no hay un aumento, ¿el subsidio cruzado que se presume desde el Interapas no aplica para los usuarios de la zona que fue de la concesión de Aguas del Poniente?

Es más, ¿acaso para esos usuarios el subsidio se invierte y serán los únicos que para el 2026 no enfrentarán un incremento en las tarifas?

Si fue un error de Galindo Ceballos haber mencionado la Ley de Ingresos y no la de las tarifas, sí que provoca confusión porque el servicio a la zona de Aguas del Poniente lo presta directamente el Ayuntamiento. ¿O no?

A propósito, sobre Aguas del Poniente no sólo tendría que dar las aclaraciones de este caso, sino toda la información sobre la entrega de la concesión, el cobro de las contraprestaciones que por 15 años no pagó la empresa al Ayuntamiento, la forma en que opera actualmente y los ingresos que le reporta a la tesorería municipal.