Proponen hacer imprescriptibles todos los delitos contra menores en SLP

Fernanda Durán

La diputada María Leticia Vázquez Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa para reformar el artículo 110 del Código Penal de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer la imprescriptibilidad de todos los delitos cometidos en contra de personas menores de 18 años, sin importar el tipo penal de que se trate.

La propuesta fue turnada a la Comisión Primera de Justicia, presidida por la misma diputada, y plantea un cambio en la forma en que actualmente se regula la prescripción penal.

En el marco vigente, el Código Penal contempla como imprescriptibles ciertos delitos graves como violación, feminicidio, homicidio calificado, secuestro y desaparición forzada, y de manera específica, algunos delitos sexuales cuando la víctima es menor de edad.

Con la reforma planteada, se conserva la lista de delitos que ya son imprescriptibles, pero se incorpora una cláusula general que impide declarar la prescripción o la caducidad en cualquier delito cuando la víctima pertenezca al grupo de niñas, niños o adolescentes. De esta manera, la condición de minoría de edad se convierte en el elemento central para determinar la imprescriptibilidad de la acción penal.

El documento contextualiza la propuesta con datos de incidencia delictiva a nivel nacional. De acuerdo con cifras oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los delitos contra personas de entre 0 y 17 años registraron un incremento entre enero y febrero de 2025 en comparación con el mismo periodo de 2024, con aumentos particularmente significativos en delitos como corrupción de menores, homicidio y extorsión.

Además, algunos de estos ilícitos alcanzaron sus niveles más altos desde que se tiene registro.

La iniciativa argumenta que, pese a la adopción de políticas públicas y al marco jurídico existente, la persistencia e incremento de delitos contra la niñez evidencia la necesidad de fortalecer los mecanismos de acceso a la justicia, especialmente en contextos donde las víctimas enfrentan barreras para denunciar de manera inmediata o durante su minoría de edad.

El cambio también implica una modificación relevante en la técnica legislativa, ya que sustituye la mención expresa de ciertos delitos sexuales cometidos contra menores por una regla general aplicable a todos los ilícitos, lo que traslada al ámbito interpretativo la aplicación concreta de la imprescriptibilidad en cada caso.