Proponen reducir plazos para declarar presunción de muerte en casos de desaparición o catástrofes en SLP

Fernanda Durán

La diputada María Leticia Vázquez Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó una iniciativa para reformar el artículo 651 del Código Civil del Estado con el fin de modificar los plazos y supuestos legales para declarar la presunción de muerte de personas desaparecidas en San Luis Potosí.

La propuesta plantea reducir los tiempos que actualmente exige la legislación para que un juez pueda emitir esta resolución en determinados casos.

El planteamiento parte de la figura jurídica de la presunción de muerte, que permite resolver situaciones legales cuando una persona ha desaparecido y no existe certeza sobre su fallecimiento. De acuerdo con la exposición de motivos, la desaparición de personas genera además consecuencias jurídicas para sus familiares, particularmente en materia patrimonial, administración de bienes o ejercicio de derechos civiles.

Actualmente, el Código Civil establece que la presunción de muerte puede declararse cuando hayan transcurrido tres años desde la declaración de ausencia. En situaciones relacionadas con siniestros como guerras, naufragios o desastres naturales, el plazo puede reducirse a dos años desde la desaparición de la persona.

La iniciativa mantiene estos supuestos, pero añade nuevos escenarios y modifica algunos ya contemplados en los que el plazo podría reducirse a seis meses. Esto aplicaría cuando la desaparición esté vinculada con incendios, explosiones, terremotos o catástrofes aéreas o ferroviarias, siempre que existan elementos que permitan presumir que la persona se encontraba en el lugar del siniestro.

El proyecto también contempla que este mismo plazo pueda aplicarse cuando existan datos que permitan presumir que la desaparición es consecuencia de delitos como secuestro o desaparición forzada. En estos casos, la declaración de presunción de muerte podría ser emitida por un juez de lo familiar tras seis meses del hecho.

Además, se plantea que durante el procedimiento el juez ordene la publicación gratuita de la solicitud de declaración de presunción de muerte hasta por tres ocasiones, y que el proceso no se extienda más allá de treinta días una vez iniciado.

En la exposición de motivos se señala que la modificación busca actualizar la figura jurídica ante el aumento de desapariciones en el país y reducir los tiempos de espera que enfrentan las familias para resolver situaciones legales relacionadas con bienes, herencias, seguros de vida, pensiones, la disolución de un matrimonio o la reorganización de la vida familiar.

En 2019 el Congreso del Estado aprobó la Ley que Regula el Procedimiento para la Emisión de la Declaratoria de Ausencia por Desaparición de Personas, que estableció el procedimiento judicial para reconocer la ausencia de personas desaparecidas y garantizar medidas de protección para sus familiares.

La reforma propuesta se enfoca ahora en la figura de la presunción de muerte dentro del Código Civil del Estado, un paso posterior dentro del mismo proceso jurídico, que permitiría cerrar legalmente ciertos efectos patrimoniales o familiares derivados de la desaparición cuando se cumplan los plazos establecidos en la ley.

La propuesta legislativa fue turnada a la Comisión Segunda de Justicia para su análisis y eventual votación.