Secuestro de personas con fines de reclutamiento criminal no está entre delitos contra la libertad personal del SESNSP

Antonio González Vázquez

El secuestro o privación ilegal de la libertad de personas con fines de reclutamiento a organizaciones criminales, como se habría tratado del caso de los siete electricistas desaparecidos el pasado 21 de marzo en Matehuala, no figura en delitos contra la libertad personal del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Tras su localización 48 horas después de su desaparición, Milenio Diario dio a conocer que, de acuerdo al testimonio de una de las víctimas, fueron “levantados” el sábado en el kilómetro 8 de la carretera federal 57 y fueron trasladados a una casa de seguridad.

“Nos dijeron que era reclutarnos [a un grupo criminal], pero en la mañana [del lunes] vinieron en un carro y nos liberaron”.

Desde que se publicó la desaparición y hasta su localización, el incidente alcanzó notoriedad en medios de comunicación locales, nacionales e internacionales debido a los antecedentes de desapariciones similares durante los últimos años en la región del Altiplano y de manera específica, en la carretera México-Nuevo Laredo en su tramo San Luis Matehuala-Nuevo León.

Respecto de esa clase de incidentes relacionados con la privación forzada o ilegal de personas, la estadística oficial es muy incierta, ya que no tiene catalogada la privación de la libertad con el objetivo de reclutar a las víctimas a organizaciones delictivas.

El SESNSP que publica mes a mes indicadores de delitos del fuero común con base a carpetas de investigación iniciadas por la Fiscalía General del Estado, considera como delitos contra la libertad personal los siguientes delitos: secuestro, secuestro extorsivo, secuestro con calidad de rehén, secuestro para causar daño, secuestro exprés, otro tipo de secuestros, tráfico de menores, rapto y otros delitos que atentan contra la libertad personal.

Durante 2025 en San Luis Potosí se registraron 538 víctimas de delitos contra la libertad personal: de las cinco modalidades de secuestro, reportó que todos fueron por el tipo extorsivo. En el resto no registró víctimas.

Sin embargo, en el caso de la clasificación de otros delitos que atentan contra la libertad persona, el número de víctimas fue de 532.

Para este 2026, el catálogo de tipos delictivos de los delitos contra la libertad personal se amplió con la suma de privación ilegal de la libertad y retención o sustracción de menores.

En el primer bimestre del año en curso, la entidad registró 89 víctimas de delitos contra la libertad personal. De éstos, 63 por retención o sustracción de menores, 21 por privación ilegal de la libertad, cuatro por otros delitos que atentan contra la libertad personal y un secuestro extorsivo.

Lo anterior supone que casos como el de los trabajadores desaparecidos el pasado sábado, podría formar parte de la ambigua clasificación de otros delitos que atentan contra la libertad personal, lo que revela que lo sucedido a los electricistas originarios del municipio de Cárdenas es más frecuente de lo que reflejan las estadísticas.