Publican decreto que fija salario mínimo para policías municipales en SLP

Desiree Madrid

El Gobierno del Estado publicó este 16 de abril en el Periódico Oficial del Estado el Decreto 0511, mediante el cual se establece un salario mínimo mensual para los elementos de seguridad pública municipal de 14 mil pesos netos, una medida que modifica diversas disposiciones legales con el propósito de fijar un piso salarial obligatorio para quienes integran las corporaciones policiales en los ayuntamientos de la entidad.

La reforma incluye cambios a la Constitución Política del Estado, así como a la Ley del Sistema de Seguridad Pública, la Ley Orgánica del Municipio Libre y la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estableciendo que los municipios deberán garantizar que ningún elemento de seguridad pública perciba menos de ese monto, el cual estará expresado en su equivalente en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin que las actualizaciones anuales puedan traducirse en reducciones en las percepciones de los trabajadores.

El decreto también establece que los ayuntamientos tendrán la obligación de contemplar dentro de sus presupuestos de egresos las partidas necesarias para cumplir con este estándar mínimo de remuneración, además de que deberán reportar de manera anual al Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública y al Instituto de Fiscalización Superior del Estado el cumplimiento de esta disposición, acompañando evidencia documental sobre tabuladores y nóminas.

Asimismo, se señala que el incumplimiento injustificado de esta obligación será considerado como una omisión en la administración de recursos públicos, lo que puede derivar en responsabilidades administrativas para las autoridades municipales, en términos de la legislación aplicable en materia de responsabilidades de servidores públicos.

En los artículos transitorios del decreto se establece que los municipios contarán con un plazo máximo de 120 días naturales para realizar los ajustes normativos, administrativos y presupuestales necesarios para garantizar el cumplimiento del ingreso mínimo mensual, lo que implica modificaciones tanto en sus estructuras internas como en la planeación de sus finanzas públicas.

Para el ejercicio fiscal en curso, el documento indica que los ayuntamientos deberán realizar adecuaciones presupuestales internas utilizando los recursos disponibles, como economías, ampliaciones o ajustes permitidos por la normatividad, mientras que para los ejercicios fiscales subsecuentes deberán prever partidas específicas que aseguren el cumplimiento de esta obligación de manera sostenida.

El decreto también contempla que las percepciones superiores al monto mínimo establecido podrán mantenerse e incluso incrementarse conforme a la capacidad financiera de cada municipio, pero en ningún caso podrán disminuirse, además de que la implementación del nuevo estándar no deberá afectar otras prestaciones o derechos adquiridos por los elementos de seguridad pública municipal.

La publicación de esta disposición ocurre en un contexto en el que, de acuerdo con declaraciones previas del gobernador José Ricardo Gallardo Cardona, la mayoría de los municipios no había cumplido con el incremento salarial obligatorio previamente aprobado, lo que evidenciaba un rezago en la aplicación de esta política pública en materia de seguridad.

El mandatario estatal señaló el pasado 20 de marzo de 2026 que más del 90 por ciento de los ayuntamientos no había aplicado el aumento, pese a que la medida fue votada el 24 de febrero por el Congreso del Estado, lo que colocaba a las administraciones municipales en una situación de incumplimiento frente a una disposición ya avalada por el Poder Legislativo.

Con la publicación del decreto en el Periódico Oficial del Estado el 16 de abril, la obligación adquiere plena vigencia jurídica y establece mecanismos formales de seguimiento, en un escenario donde el cumplimiento por parte de los municipios se mantiene como un pendiente, ahora sujeto a plazos, lineamientos técnicos y posibles sanciones administrativas en caso de no atender lo establecido.