Ordenan a la UASLP restitución laboral por caso de hostigamiento de 2023

Fernanda Durán

La Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) fue requerida por el Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado para dar cumplimiento, en un plazo de diez días, a una sentencia relacionada con un caso de hostigamiento laboral dentro de la institución, derivado del expediente laboral 2021/2023.

De acuerdo con el auto de ejecución emitido el 8 de junio de 2026, el Tribunal ordenó a la Universidad restituir de manera inmediata a Rosalina Vázquez Tapia en el goce de sus derechos humanos y laborales, así como reconocerle el carácter de jefa de departamento de la Administración Central Nivel A y permitirle desempeñar las funciones de directora de la Biblioteca Virtual bajo las condiciones laborales que tenía asignadas desde su nombramiento.

La resolución también establece que el rector Alejandro Zermeño Guerra deberá emitir una disculpa pública a la trabajadora y reconocer, mediante los canales institucionales de mayor difusión de la Universidad, a la persona señalada por el Tribunal como responsable del hostigamiento acreditado dentro del proceso judicial.

Asimismo, la institución deberá acreditar el inicio de un procedimiento de investigación en contra de Guadalupe Patricia Ramos Fandiño, exdirectora del Sistema de Bibliotecas, y del entonces titular de la División de Desarrollo Humano de la UASLP, por los hechos relacionados con el hostigamiento laboral analizado durante el juicio.

Entre las medidas ordenadas también se encuentra la revisión exhaustiva de las políticas y prácticas laborales universitarias, mediante la participación de la Defensoría de Derechos Universitarios y de la Abogacía General, con el objetivo de fortalecer el cumplimiento de estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos y prevenir nuevas vulneraciones dentro de la comunidad universitaria.

El Tribunal requirió además la implementación de programas de capacitación, cursos y talleres dirigidos al personal universitario sobre derechos humanos, derechos laborales y respeto a la dignidad de las personas trabajadoras, con un enfoque orientado a prevenir y erradicar prácticas de hostigamiento y acoso laboral o mobbing.

La resolución establece que en caso de incumplimiento, la Universidad podría hacerse acreedora a una multa equivalente a mil Unidades de Medida y Actualización, es decir, 117 mil 310 pesos.

Tras darse a conocer el requerimiento judicial, la UASLP informó mediante un comunicado que se encuentra dando cumplimiento a la sentencia dentro de los términos y plazos legales establecidos y que no realizará comentarios sobre el contenido específico del expediente ni aspectos particulares del proceso, al tratarse de un procedimiento jurisdiccional y en atención a los derechos de las personas involucradas.

La institución precisó además que los hechos que dieron origen al litigio corresponden a 2023 y que las actuaciones iniciales y la estrategia jurídica del caso fueron desarrolladas por autoridades universitarias que se encontraban en funciones durante ese periodo, es decir, el ex abogado general Joel González de Anda.

No obstante, indicó que la administración actual asumió la responsabilidad institucional de continuar con la atención del asunto y dar seguimiento a los procedimientos conforme al marco legal aplicable.

En su comunicado, la Universidad señaló que mantendrá la atención del caso conforme al marco legal aplicable y en cumplimiento de las resoluciones emitidas por las autoridades competentes.

La orden de investigación en contra de Guadalupe Patricia Ramos Fandiño se suma a antecedentes judiciales previos por señalamientos similares durante su trayectoria en la institución.

En octubre de 2014, cuando se desempeñaba como directora de la Escuela de Ciencias de la Información, una académica interpuso una demanda por acoso laboral y modificaciones injustificadas en sus condiciones de trabajo por parte de Ramos Fandiño y otros funcionarios de su confianza.

En su momento, la docente expuso cargas excesivas de trabajo, retiro de herramientas elementales, exclusión deliberada de las actividades de su departamento y un cambio forzado de adscripción al poniente de la ciudad con la obligación de regresar al oriente a dar clases, como medidas de presión; dicho proceso concluyó en el juicio de amparo 896/2015, donde el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Noveno Circuito resolvió a favor de la docente tras acreditarse el maltrato laboral sistemático bajo la gestión de Ramos Fandiño.

Asimismo, durante su posterior periodo al frente del Sistema de Bibliotecas, la funcionaria enfrentó quejas públicas por parte del personal operativo, además de cuestionamientos por opacidad administrativa relacionados con el manejo del patrimonio bibliográfico y la concesión de espacios comunes universitarios.