Estela Ambriz Delgado
Aunque la Comisión Nacional del Agua (Conagua) dio continuidad a los recorridos de inspección de pozos con extracción irregular en el ejido de Estación Catorce (con la ubicación de 7 dispositivos), se informó a los habitantes que de los 6 pozos clausurados previamente, dos serán liberados de forma temporal bajo el argumento de un supuesto ecocidio de sus cosechas, mientras que otros apelan a un libre alumbramiento presuntamente otorgado por la asamblea ejidal.
La organización Unidos por el Agua del Altiplano informó que algunos de sus integrantes y personal de la dependencia realizaron otro recorrido el pasado viernes 21 de agosto, en el que ubicaron 7 pozos, de los cuales a 4 ya se les habían tomado coordenadas en la jornada del 13 de agosto. Aunque en esta última visita no hubo clausuras, la Conagua indicó que revisará el estatus de los pozos identificados.
El director local de la dependencia, Darío Fernando González Castillo, señaló a los inconformes que era necesario proceder de dicha forma para tener información previa a la inspección y posible clausura, debido a que, de los 6 pozos a los que se les inició un procedimiento, aunque no aparecen en el Registro Público de Derechos de Agua (Redpa), algunos refieren contar con un libre alumbramiento otorgado mediante asamblea.
No obstante, la organización considera que este tema debe ser analizado, pues en el año 2013 se decretó una veda a nivel nacional que prohíbe el libre alumbramiento para determinados acuíferos, entre los que se encuentra el Vanegas-Catorce, por lo que resulta necesario revisar caso por caso si iniciaron actividades antes o después de la veda.
En una grabación de audio proporcionada a Astrolabio, el funcionario federal explicó que para la diligencia del 21 de agosto sólo harían la identificación de los pozos con coordenadas para dar a conocer los datos que Conagua tenga sobre cada uno, para evitar lo que ya sucedió con algunos clausurados que se defienden.
“Antes de hacer cualquier acto les voy a informar: el pozo al que me llevaron tiene este título de concesión, no tiene, o es de libre alumbramiento, o este ni siquiera aparece, porque sino nos va a pasar como ya pasó, que esta gente hay cosas que yo no le puedo responder, ellos tienen los documentos emitidos de Conagua para esos pozos y yo los podré sancionar por la falta del medidor, pero el título ese ya lo tienen otorgado desde hace años y yo no puedo extinguir un título que se dio hace años por la Conagua”.
Asimismo, ante el cuestionamiento sobre dos pozos identificados al final de la inspección del 13 de agosto (a uno de los cuales le quitaron la bomba y otro fue desconectado), González Castillo respondió que se pretendía realizara diligencia sin ponerlos sobre aviso, pues si al momento de hacer la inspección no está en funcionamiento, así se tiene que reportar.
“Cuando se hace algo tan visible no falta quién les avise o algo, pasa esto precisamente, qué tenemos que hacer ahí, pues ellos ya se adelantaron porque tuvieron conocimiento que los vamos a revisar, lo que se tiene que hacer es estarlos verificando para que al momento de que los vuelvan a echar a andar, ustedes nos avisen”.
En este sentido, indicó que el procedimiento correcto consiste en interponer una denuncia por escrito donde se señale el punto exacto, aseguró que basta con presentarla para generar la orden de inspección y enviar al personal. No obstante, reconoció que no les avisaría ni siquiera a los denunciantes, con el fin de no alertar a los propietarios.
Al respecto, uno de los integrantes de Unidos por el Agua preguntó la razon por la que no procedería la clausura de un pozo que no aparece en el Redpa si no se le encuentra en funcionamiento, a lo que el director local respondió que puede no aparecer en el registro y sí tener un título.


Por otra parte, en otra grabación el funcionario abordó los casos del rancho Poca Luz y San Isidro, donde fueron clausurados 5 aprovechamientos cuyos responsables argumentan en su defensa que cuentan con siembras activas y que suspender el riego provocaría un ecocidio al perder sus cosechas. Explicó que la Ley de Aguas Nacionales obliga a permitir temporalmente el suministro hídrico cuando existen cultivos, sin que esto exima de la aplicación de una sanción económica.
Sin embargo, afirmó que esto no implica que se acabe el procedimiento, pues aunque se les permitan el riego para las cosechas, derivará en la aplicación de una multa. En el caso de San Isidro por falta de medidor, parten de un mínimo de 318 mil pesos y pueden ascender hasta 1 millón 900 mil pesos en caso de reincidencia.
Finalmente, aseguró que se entregará el comprobante de pago y la resolución donde se les sanciona y se les impone la multa a los denunciantes, pues una vez resuelto el procedimiento se vuelve información pública, y reiteró que en cuanto se levanten las cosechas procederán a la clausura.





