Estela Ambriz Delgado
Ejidatarios de San Francisco, en el municipio de Villa de Guadalupe, preparan acciones de defensa legal por la afectación ambiental de una superficie estimada de 170 hectáreas, en donde se perpetró el ecocidio de flora silvestre y especies protegidas a causa de las obras de construcción de la carretera de cuota Entronque 75-D Matehuala.
El ejidatario Omero Segundo Tello informó que ya se prepara una denuncia ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) por la remoción ilegal de vegetación en tierras del ejido, en la que aportarán como prueba un dictamen técnico de afectación y daño ambiental elaborado por el doctor en arquitectura sustentable, Edgar Piña Hernández, a petición de los afectados y sus asesores legales.
El estudio emitido el 28 de mayo fue realizado a finales de ese mismo mes, luego de un par de semanas en que los habitantes comenzaron a percatarse de los destrozos causados por las empresas de Grupo Valoran.
En el estudio se indica que el área afectada del ejido San Francisco es un ecosistema de Matorral Xerófilo, en el cual se identificó una afectación sistemática y no planificada que abarca una superficie estimada de entre 1.5 y 1.7 kilómetros cuadrados (150 a 170 hectáreas). Además, se cuantificaron un total de 33 sitios de excavación y desmonte como puntos de sondeo para bancos de materiales.
El objetivo del estudio es evaluar, describir y documentar pericialmente el daño ambiental derivado de las actividades no autorizadas de remoción de vegetación, sondeo y apertura de brechas para bancos de materiales pétreos. Para ello, el investigador clasifica las afectaciones en tres vertientes.
La primera es la degradación de suelo y remoción crítica de capa edáfica: se detalla que los trabajos de prospección geotécnica se ejecutaron mediante el uso de maquinaria pesada sin criterios de conservación de suelo.
“El patrón de daños muestra excavaciones promedio de 25 metros cuadrados, donde la capa arable y el horizonte orgánico del suelo fueron completamente invertidos y acumulados en bordos periféricos desprotegidos, acelerando los procesos de erosión edáfica”.
La segunda es el ecocidio de flora silvestre y especies protegidas en la NOM-059-SEMARNAT-2010. Piña Hernández expone que la apertura de brechas de tránsito para la maquinaria pesada generó el derribo, enterramiento y desraizamiento de múltiples ejemplares vegetales de alto valor ecosistémico y endémico.


Ahonda en que el daño se extiende de manera generalizada sobre comunidades arbustivas y cactáceas del Altiplano potosino, detectándose afectaciones directas sobre Agave lechuguilla Torr., Cylindropuntia imbricata, Yucca filifera (ejemplares maduros), Myrtillocactus geometrizans (Garambullo) y Prosopis laevigata (Mezquite).





Asimismo, especies del género Ferocactus (F. hamatacanthus, F. pilosus, F. histrix), las cuales presentaron destrucción total de sus estructuras globosas.
La tercera vertiente es el análisis de conectividad ecológica y fragmentación del hábitat. Sobre este, el investigador puntualiza que el análisis aero-fotogramétrico revela que el impacto real no se limita a los 25 metros cuadrados de cada una de las 33 fosas de sondeo.



“El verdadero daño estructural radica en la fragmentación del hábitat. Las brechas ilegales abrieron una red de caminos que cuadriculan el matorral, destruyendo la continuidad ecológica del ecosistema y eliminando el microclima necesario para el reclutamiento de plántulas de cactáceas endémicas”.
La evaluación pericial concluye que queda plenamente demostrada la existencia física de la afectación ambiental sobre una superficie estimada de 1.5 a 1.7 kilómetros cuadrados de este ecosistema del Altiplano Potosino.
Además, advierte de la irreversibilidad a corto plazo de los daños, dado que el matorral xerófilo y los bosques de Yucca tienen tasas de crecimiento extremadamente lentas (en el caso de algunas cactáceas y yucas, escasos centímetros por año).
“El daño infligido tardará décadas en recuperarse de forma natural, rompiendo además los servicios ambientales de captura de carbono y recarga de acuíferos”.
Asimismo, señala que hay una configuración de ilegalidad, pues al no existir registros ni señalizaciones en campo de autorizaciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) o Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam), las obras operan al margen de la ley, vulnerando de manera directa los derechos humanos de las comunidades ejidales sobre su territorio y un medio ambiente sano.





