Admitida impugnación de precandidata de Morena, en Tribunal Federal Electoral

Eduardo Delgado

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dio entrada al reclamo de la precandidata de Morena a  la gubernatura,  María del Consuelo Jonguitud Mungía, quien impugnó  el registro adicional y exclusivo de mujeres.

En el acuerdo aprobado el pasado martes, publicado este viernes en la página de la Sala Superior del tribunal federal, los magistrados reencauzaron a juicios para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano dos escritos, presentados como asuntos generales por la promovente.

La Sala Superior  “dicta acuerdo por medio del cual reencauzan los escritos presentados por María del Consuelo Jonguitud Mungía, para que se sustancien y resuelva como juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano”, acordaron.

“Chelo” Jonguitud, como se le conoce, junto con Francisca Reséndiz Lara y Marcelina Oviedo Oviedo, fueron las únicas mujeres inscritas como precandidatas el 4 de diciembre de 2020.

El pasado 12 de enero, la Comisión Nacional de Elecciones de Morena, encabezada por el también dirigente nacional de ese partido, Mario Delgado Carrillo, aprobó otro periodo para el registro exclusivo de mujeres.

Así, el pasado 18 de enero, solicitaron su registro como aspirantes otras 16 féminas, entre ellas la secretaria de Salud y la directora del  Registro Civil, Mónica Liliana Rangel Martínez y Luz María Lastras Martínez, ambas de Gobierno del Estado.

También la ex escolta del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, Paloma Rachel Aguilar Correa, quien dejó el cargo en los Servicios de Administración Tributaria.

En desacuerdo con el ajuste a la convocatoria, publicada el 26 de noviembre de 2020, “Chelo” Jonguitud interpuso primero un escrito contra la reapertura del registro y luego otro relativo a la inscripción de las nuevas precandidatas.

Los magistrados acumularon los escritos y determinaron que “el error” en la vía de la impugnación, “no produce necesariamente su improcedencia, sino que la demanda se debe reencauzar al medio de impugnación procedente”.

Entre los agravios, expuestos por “Chelo” Jonguitud, originaria de Ciudad Valles, expuso que le causa perjuicio la ampliación del periodo de registro, porque a su parecer “no existe razón ni motivo  fundado” para ello, además de que ella se registró en el primer plazo.

Además controvirtió que el ajuste a la convocatoria no tiene las firmas de los integrantes de la Comisión Nacional de Elecciones, por lo que considera debe declararse ilegal.

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