Fernanda Durán
La convocatoria emitida para que el Consejo Directivo Universitario (CDU) de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí sesione este miércoles 7 de enero, con el objetivo de votar la designación de la nueva persona titular de la Dirección de la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija”, generó nuevas advertencias desde la comunidad universitaria sobre la legalidad y viabilidad del procedimiento.
Académicas, académicos y especialistas en Derecho señalaron que llevar a cabo la votación de la terna en este momento podría carecer de sustento estatutario, al considerar que la Facultad de Derecho atraviesa un escenario extraordinario derivado de los hechos ocurridos en octubre pasado, que culminaron con la renuncia del entonces director Germán Federico Pedroza Gaitán y una suspensión generalizada de actividades en la universidad durante dos semanas.
De acuerdo con lo expuesto por las personas firmantes del pronunciamiento, el proceso mediante el cual el Consejo Técnico Consultivo (CTC) integró la terna se encuentra actualmente impugnado en sede constitucional a través de diversos juicios de amparo.
Entre los señalamientos, se menciona que el órgano técnico habría valorado documentación no prevista en la convocatoria y que el procedimiento estuvo marcado por un posible conflicto de interés, ya que dos integrantes de la terna —Jesús Javier Delgado Sam y Georgina González Cázares— forman parte del propio Consejo que realizó la evaluación, lo que, a su juicio, implicaría una auto-designación.
En ese contexto, subrayaron que la negativa de una suspensión definitiva por parte de la autoridad judicial no valida automáticamente el procedimiento cuestionado ni impide que, al resolverse el fondo del asunto, se ordene la reposición del proceso por violaciones al principio de legalidad.
Las y los firmantes también enfatizaron que la autonomía universitaria no exime a la institución del cumplimiento estricto de la Constitución ni de los derechos fundamentales, al advertir que los actos universitarios, cuando se ejercen como autoridad, deben sujetarse a los principios de legalidad y seguridad jurídica.
El pronunciamiento, suscrito por la Dra. María Suhey Tristán Rodríguez, Dra. Elia Edith Argüelles Barrientos, Dra. Xochithl Rangel Romero, Dra. Carla Monroy Ojeda, Dra. Roxana Montejano Villaseñor, Dra. Violeta Mendezcarlo Silva, Mtro. José Édgar Durón Puente, Dr. Salvador Hernández Peña, Mtro. Pedro Vladimir Ibáñez García, Dr. Guillermo Luevano Bustamante y Dr. César Eder Alanis de la Vega, sostiene que no existen condiciones para continuar el procedimiento bajo el artículo 82 del Estatuto Orgánico de la UASLP, diseñado para procesos ordinarios.
En contraste, plantearon que el artículo 85 del mismo ordenamiento ofrece una vía extraordinaria aplicable al contexto actual, al facultar al Consejo Directivo Universitario para realizar una designación directa de carácter provisional, con el objetivo de salvaguardar la estabilidad institucional mientras se normaliza la vida académica y administrativa de la facultad.
“Artículo 85. Los titulares de las Direcciones de las Facultades, Escuelas o Unidades Académicas Multidisciplinarias serán suplidos por alguna persona del Consejo Técnico Consultivo que éste designe, previo acuerdo con la Rectoría; si excediera la falta de dos meses serán suplidos por quien designe el Consejo Directivo, para el interinato o la sustitución definitiva”.
Asimismo, se señaló que el actual director interino, Jesús Javier Delgado Sam —quien cuenta con un nombramiento de profesor investigador de medio tiempo— habría rebasado el plazo estatutario previsto para la temporalidad del interinato lo que, según los firmantes, incrementa la urgencia de que el CDU adopte una solución jurídicamente sólida para evitar la acumulación de vicios en la conducción institucional.
Delgado Sam fue designado como director interino de la Facultad de Derecho entre el 24 y 26 de octubre de 2025, luego de la renuncia de Germán Federico Pedroza Gaitán, información que la Universidad dio a conocer públicamente el domingo 26 de octubre, sin precisar el día exacto del nombramiento. Con base en ese marco temporal, el interinato se ha prolongado por más de dos meses.
Finalmente, el llamado se dirigió a las y los integrantes del Consejo Directivo Universitario para que se abstengan de votar una terna en condiciones controvertidas y, en su lugar, ejerzan la facultad de designación prevista en el Estatuto, realizando una auscultación amplia de perfiles dentro de la Facultad de Derecho y nombrando de manera provisional a la persona que consideren idónea.
En el pronunciamiento se sostuvo que continuar con una votación bajo un procedimiento que consideran estatutariamente improcedente podría generar mayor incertidumbre jurídica y administrativa, especialmente en un escenario donde el proceso de designación ya enfrenta impugnaciones, señalamientos de irregularidades y cuestionamientos por presuntas violaciones a derechos universitarios.




