Amonestación o multa a Carreras: presidente del TESLP

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Por: Eduardo Delgado.

Con amonestación o multa, el Tribunal Electoral de San Luis Potosí (TESLP) sancionará al gobernador electo, Juan Manuel Carreras López y los partidos que lo postularon (PRI, PVEM y PNA), estimó el magistrado presidente de ese órgano colegiado, Rigoberto Garza de Lira, por la violación de la Ley Electoral en materia de propaganda durante el periodo de proselitismo.

Se excusó de anticipar el castigo a imponerles, pero –según dejo entrever- sería con una amonestación o multa económica, pues descartó la cancelación del registro a los institutos políticos porque, opinó, esa medida procedería “en un caso muy extremo, de suma gravedad”. Incluso el retiro de la candidatura, “ya en este caso la gubernatura electa”.

Esto luego de la resolución emitida el pasado miércoles por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuyo órgano revocó la sentencia del TESLP y le ordenó “determinar la responsabilidad de la conducta e imponga la sanción que corresponda”.

Ello por sostener un par de lonas en postes de la Comisión Federal de Electricidad, en el municipio de Ciudad Fernández, considerados como equipamiento urbano. Denuncia, interpuesta por el PAN, que en su momento los magistrados potosinos declararon inexistente.

En entrevista, Garza de Lira recordó que en ese caso “nosotros concluimos que no había violación” al artículo 356 fracción IV de la norma electoral, pero los magistrados federales “opinan en contra nuestra”.

“Este tribunal estimó que siendo un espectacular de tres por dos metros estaba, fijo en la casa y nada más el cordoncito se adhería al poste, sin embargo en criterio de la Sala Superior, por ese detalle, aunque no estaba adherida, sí constituye una violación”, explicó.

A pregunta de qué tipo de castigo expuso: “Eso va a ser materia de la resolución, pero lo que sí puedo decir es que en breve la resolveremos, pues estamos a punto de concluir todo lo electoral; debemos de resolver en un par de semanas máximo”.

Primero, estableció, valorarán la gravedad, trascendencia e influencia de la infracción y como primera opción podrían imponer una amonestación, luego multa económica, “que de acuerdo a la calificación puede variar de 50 a 5 mil días de salario”.

Otra medida de apremió sería la cancelación de registro, “pero eso sería en caso muy extremo, de suma gravedad”, precisó.

Finalmente considero que si los magistrados federales no les impusieron un plazo para dictaminar es quizá porque estimaron que “no es una materia urgente”.

 

 

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