Marcela Del Muro
La resolución judicial que permitió que Guillermo Castillo Muñoz, uno de los feminicidas de Lupita Viramontes Cruz, redujera su sentencia de 17 a tres años de prisión, pese a burlar la justicia por más de nueve años, “carece de fundamentación y motivación suficiente”, señala el amparo 67/2025 emitido por el Juzgado Octavo de Distrito en San Luis Potosí, que protegió a Susana Cruz, mamá de Lupita, y dejó insubsistente dicha resolución judicial, por el momento.
Guillermo fue recapturado el 15 de febrero de 2024. Susana piensa que los más de nueve años que estuvo prófugo fue tiempo suficiente para conseguir un abogado privado y preparar una estrategia legal que le permitió salir muy rápido de prisión.
El primer movimiento de la defensa fue solicitar la aplicación de la retroactividad que contempla la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes y permitió que Guillermo, que tenía 15 años cuando cometió el secuestro simulado y el feminicidio de Lupita en el 2012, redujera su pena a tres años, tiempo máximo de penalidad para un adolescente de 15, aunque Castillo Muñoz tenga 28 años actualmente. En seguida, sus abogados solicitaron el cambio de medidas cautelares de internamiento -prisión- a trabajo comunitario, siendo liberado en octubre del 2024 a cambio de realizar mantenimiento y limpieza en un grupo de alcohólicos anónimos.
“En San Luis Potosí se protege mucho a los menores (infractores). Y afortunadamente, pero desafortunadamente para nosotros, aquí no ocurren tantos hechos como el que ocurrió con mi hija, por eso son más proteccionistas. Pero, algo que me gustó mucho de la sentencia del amparo es que señala que debió de haber un análisis de contexto profundo y que el Estado también es responsable de esa sentencia para que él no tenga una pauta, un permiso, para seguir haciéndolo”, explica la mamá de Lupita.
Sin embargo, tras la resolución del amparo, la defensa de Castillo Muñoz metió un recurso de revisión. Esta jugada jurídica pone en riesgo el amparo progresista de la jueza Norma Angélica Ávila Veyna, titular del Juzgado Octavo, que obliga a dictar una nueva resolución que considere los derechos de Lupita, que también tenía 15 años al momento de su feminicidio, desde una perspectiva de género y adolescencia.
Un amparo progresista que se centra en el derecho de la víctima
El amparo fue el resultado de una apelación presentada por Susana Cruz tras la resolución que disminuyó la penalidad de Guillermo, se tardaron ocho meses en resolverla.
El amparo señala que la aplicación de la retroactividad que estipula la Ley Nacional para Adolescentes es improcedente cuando genera prejuicio contra la víctima. “La aplicación retroactiva a una persona que ya no es adolescente, que ha superado con creces la mayoría de edad y que, además, se sustrajo de la justicia por un periodo prolongado no puede realizarse de forma automática (…), se torna necesario valorar”.
En el caso de la disminución de la pena de Guillermo no hubo un análisis de contexto que permitiera identificar si existió una relación asimétrica de poder o si existieron situaciones marcadas por la violencia. La Sala que resolvió a favor de Castillo Muñoz analizó únicamente los derechos del adolescente infractor y desplazó los derechos de la víctima, “reduciendo el papel de la parte ofendida”, señala el amparo.
Para el Juzgado Octavo sí existió una relación con indicios de violencia extrema en un contexto marcado por la desigualdad y la normalización de la violencia, que concluyó, lamentablemente, con el feminicidio de Lupita.
Las sanciones en los casos de feminicidio “encuentran sustento en la obligación del Estado de garantizar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de las mujeres”, explica el amparo y señala que la respuesta punitiva no puede ser “únicamente simbólica ni carecer de eficacia disuasoria”. Las sentencias deberían de contribuir a evitar que muertes como la de Lupita sigan existiendo.
Una resolución como la de Guillermo envía un mensaje de tolerancia del Estado, fomentando la repetición de la violencia feminicida que está marcada por la discriminación y por varios componentes de género.
“La sanción efectiva y proporcionalmente grave del feminicidio constituye una medida de no repetición indispensable para erradicar estas prácticas”, argumenta el amparo, basándose en la sentencia del caso Campo Algodonero, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el 2009.
“Debería de existir un agregado en la Ley Nacional para que en estos casos, que sí existen, se apliquen sanciones severas. Porque él (Guillermo) no obtuvo un castigo, tiene una sentencia, pero a final de cuentas encontró la manera de evadir la justicia y puede decir: ‘Yo puedo pasar por encima de ti’. ¿Cómo le va a hacer el Estado para que estas personas no sean peligrosas en un futuro?”, cuestiona Susana.
Desde la muerte de su hija, Susana ha luchado para que sus hijos estén seguros. Meses previos al feminicidio, los Viramontes Cruz recibieron amenazas de secuestrar a sus tres hijos, ese miedo sigue manifestándose en la madre y considera que una sanción ejemplar y, sobre todo, un tratamiento de atención mental para la reinserción de los feminicidas es fundamental para que no vuelvan a delinquir.
Recientemente, la menor de los hermanos Viramontes Cruz, Frida, se encontró a Guillermo mientras caminaba por la calle de su casa. La joven decidió no seguir y regresar. “No me voy a exponer a que me siga o a que me eche la camioneta encima”, le contó a su mamá. “Le pregunté si volvió a salir, me dijo que no, que mejor me esperó. Eso quiere decir que aunque ella no exprese miedo, su cabeza le sigue diciendo: ‘no te acerques a él’”.
La sensación de inseguridad de la familia es lógica, pues Guillermo no recibió terapia de ningún tipo para la reinserción social. En la resolución donde se le concede la libertad se dice que la atención psicológica se le brindará sólo si el inculpado la solicita. Pese a eso, y aunque la madre haya solicitado protección para sus dos hijos, el Estado no ha dictado medidas de protección ni una orden de restricción.
El derecho a la reparación integral de la familia Viramontes
Las familias de víctimas de feminicidio en México deben de ser reparadas de forma integral por el Estado, es decir, se debería de resarcir el daño de una manera total y transformadora, aunque para las familias el daño por la muerte de alguna hija, hermana o madre sea insuperable. Para esto se deben de satisfacer una serie de medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición.
En el caso de Lupita, el amparo señala que la reparación integral también abarca el derecho de las víctimas y sus allegados a que los responsables sean sancionados conforme a la gravedad de su conducta.
“La reparación debe de tener una vocación transformadora, no solo restitutiva, sino correctiva. La reparación debe incluir medidas de impacto general que trasciendan al caso concreto y envíen un mensaje adecuado”, señala el amparo.
Para Susana, una pena ejemplar contra Guillermo también es parte de la reparación y sería lo más cercano a hacerle justicia a Lupita y a su familia. “Trece años y todavía estar transitando por esto, es una burla. Estos son los mecanismos tan deficientes del acceso a la justicia en México, que te hacen vivir en un duelo interminable”, reclama Susana.
Susana espera que el recurso de revisión no interfiera en la resolución del amparo y que se pueda dictar otra sentencia que respete su derecho al acceso a la justicia.
“Yo espero que no la modifiquen. Y si la modifican, que sea todavía para brindar más elementos para el acceso a la justicia. No para que me beneficie a mí, no para que beneficie a mis hijos. Solamente para que se haga justicia para mi Lupita y, claro, para muchas otras niñas”, dice Susana.