Amparo obliga a Segam a medir la calidad del aire en Rioverde

Carlos Rubio

Derivado de un amparo promovido por la organización Cambio de Ruta, el Primer Tribunal Colegiado de San Luis Potosí resolvió que el gobernador del Estado, Juan Manuel Carreras López, y la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam) deberán instalar por lo menos una estación de monitoreo de la calidad del aire o las que resulten necesarias en el municipio de Rioverde.

La demanda de amparo fue promovida en el 2019 bajo el expediente 801/2019 como reclamo a omisiones por parte de las autoridades estatales para el monitoreo de la calidad del aire en Rioverde; el equipo de monitoreo que se instalará deberá cumplir con las características básicas que fije la NOM-156-SEMARNAT-2012.

Además, en la sentencia se especifica que no sólo el gobernador y la Segam deberán intervenir en el monitoreo del aire, sino cualquier organismo al que le competa el asunto, aunque no haya sido llamado a juicio. Por otra parte, el Primer Tribunal Colegiado requirió a las autoridades para que en un periodo no mayor a 30 días emitan un Proyecto de Instalación de Estaciones de Monitoreo en Rioverde.

“Confiamos que el Ejecutivo del Estado se sensibilice con el tema ya que en sus manos está realizar las acciones necesarias para que en todo el Estado exista un Sistema Eficaz de Monitoreo de la Calidad del Aire que tiene por objeto crear y/o modificar políticas públicas, protocolos de actuación y acciones de respuesta inmediata para cuidar la salud de la población, tal y como él lo ofreció en el Plan Estatal de Desarrollo 2015 – 2021”, finalizó Cambio de Ruta.

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