Aprueba Congreso reforma que reafirma el carácter ciudadano del Consejo de la CEDH

Fernanda Durán

El Pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 39 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), con el objetivo de reafirmar el carácter ciudadano y honorífico del Consejo del organismo, al precisar que sus integrantes no deberán ser considerados servidores públicos.

La modificación fue propuesta por Emmanuel Adrián Gutiérrez de la Fuente y dictaminada por la Comisión de Derechos Humanos del Congreso, que resolvió su viabilidad legal y constitucional tras su análisis en sesión celebrada el 29 de agosto de 2025.

La reforma fue avalada con modificaciones, a fin de precisar el marco de responsabilidades aplicables a las personas que integran el Consejo.

El nuevo texto del artículo 39 establece que “Las personas que integran este consejo serán regidas por lo establecido en el artículo 49 de la presente Ley, y no podrán ser considerados servidores públicos”.

Mientras que el artículo 49 estipula lo siguiente:

“Artículo 49. El cargo de Consejera y Consejero es renunciable y honorífico, por lo que no recibirán retribución alguna por su ejercicio. La Comisión dotará a las y los integrantes del Consejo que no radiquen en la Capital del Estado, de los apoyos económicos necesarios para su traslado y estancia en la misma cuando se les cite a las sesiones del Consejo y, en general, los apoyos económicos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”.

El dictamen legislativo sostiene que la modificación busca “dar certeza jurídica, evitar interpretaciones erróneas que burocraticen su naturaleza y preservar su función como órgano de representación de la sociedad civil”.

La Comisión dictaminadora argumentó que, aunque el Consejo ya estaba integrado por ciudadanas y ciudadanos, la falta de una disposición expresa había generado confusiones normativas sobre si sus integrantes podían considerarse o no servidores públicos.

En la exposición de motivos se recordó que la ley original de 2009 ya definía al Consejo como un órgano honorífico de carácter ciudadano, por lo que la reforma pretende reafirmar su diseño original y mantener su independencia frente a estructuras administrativas o jerárquicas del Estado.

Durante el análisis legislativo se explicó que la diferencia principal entre ambas figuras radica en la remuneración y el régimen de responsabilidades. El dictamen subraya que las personas con cargos honoríficos no reciben compensación económica ni ejercen funciones ejecutivas, mientras que los servidores públicos sí están sujetos a un régimen administrativo y de control interno.

“El servidor público ejerce una función remunerada y con responsabilidades específicas dentro del aparato estatal, mientras que el cargo honorífico es una distinción de prestigio que no implica responsabilidades ni remuneración”, precisa el documento.

La reforma busca dejar sin ambigüedades esa diferencia, a fin de evitar que los consejeros sean tratados como funcionarios sujetos a obligaciones patrimoniales o de rendición de cuentas propias del servicio público.

Aunque la iniciativa fue presentada como de origen ciudadano, Emmanuel Adrián Gutiérrez de la Fuente no es un actor externo al organismo, ya que actualmente forma parte del Consejo Ciudadano de la CEDH, órgano precisamente al que se refiere la reforma que promovió.

Antecedentes del proceso de designación refieren que Gutiérrez de la Fuente fue uno de los consejeros que buscó la reelección en el Consejo ciudadano. Durante la primera gestión de Giovanna Itzel Argüelles Moreno como presidenta de la Comisión, fue identificado como uno de sus colaboradores más cercanos.

La reforma que promovió, y que ahora fue aprobada, beneficia directamente a los propios consejeros al eximirlos de cualquier interpretación que los ubique como servidores públicos.