Aprueban reforma para agilizar dictaminación en comisiones del Congreso de SLP

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Fernanda Durán

El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad una reforma que permitirá destrabar procesos legislativos al facultar a las comisiones a emitir dictámenes por separado si, en un plazo de seis meses, no logran sesionar de manera conjunta.

La medida modifica el artículo 89 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y artículos del Reglamento Interno, con el objetivo de hacer más ágil y operativa la dictaminación de asuntos que son turnados a más de una comisión, práctica que hasta ahora solía enfrentarse a retrasos bajo el argumento de la dificultad de coordinar agendas entre diputadas y diputados.

El artículo queda de la siguiente manera:

“Artículo 89. Si en razón de su competencia es necesario turnar un mismo asunto a dos o más comisiones, estas dictaminarán de manera conjunta en reunión de comisiones unidas; correspondiendo la elaboración del proyecto de dictamen a aquélla a la que haya sido turnado el asunto en primer término.
En caso de que el asunto no haya sido resuelto en la forma prevista en el párrafo que antecede dentro del plazo de seis meses, cualquiera de las comisiones podrá elaborar el dictamen respectivo y presentarlo ante el Pleno; en este caso, la Coordinación General de Servicios Parlamentarios lo hará del conocimiento del resto de las comisiones, quienes al no manifestarse en el término de diez días hábiles contados a partir de su conocimiento, se entenderá que están conformes con el sentido del dictamen que se haya presentado. De no ser coincidentes con el sentido del dictamen, podrán presentar uno diverso, en tal caso, estos se someterán a la consideración del Pleno en el orden en que hayan sido enviados”.

La modificación establece que, aunque el dictamen deba realizarse de manera conjunta entre comisiones, en caso de que no sea posible por cuestiones de agenda, la comisión de primer turno podrá elaborar el dictamen y enviarlo al resto.

Si las otras comisiones no emiten observaciones en un plazo de diez días hábiles, se entenderá que están de acuerdo con el contenido y si alguna comisión presenta un dictamen distinto, ambos serán sometidos a consideración del Pleno.

En el dictamen aprobado por la Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias, se argumentó que la norma vigente, aprobada en agosto de 2024 junto con la nueva Ley Orgánica y su Reglamento, buscaba fomentar el trabajo conjunto entre comisiones, pero en la práctica ha generado retrasos por la dificultad de coordinar agendas entre las y los diputados.

En el dictamen argumentaron que existen 27 comisiones legislativas y se pueden realizar hasta cinco reuniones en un solo día, lo que ha complicado la resolución oportuna de los asuntos turnados a comisiones múltiples. Sin embargo, las agendas públicas del congreso contemplan como máximo cuatro sesiones de comisiones al día, cada una en horas distintas.

Con la reforma, se reconoce jurídicamente una práctica que ya se realizaba, y se establecen plazos y mecanismos para garantizar que los dictámenes avancen sin necesidad de reprogramaciones constantes.

Asimismo, se reformó el artículo 140 del Reglamento del Congreso y se derogaron párrafos del artículo 62 para armonizar su contenido con la nueva disposición.

Desde el dictamen se precisó que no se elimina la posibilidad de realizar sesiones conjuntas, sino que se formaliza una alternativa que permita desahogar los asuntos legislativos de manera más ágil, sin contradecir los principios de análisis plural.

Las reformas entrarán en vigor una vez publicadas en el Periódico Oficial del Estado.

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