Canal 7 de SLP podría salir del aire tras rechazo del IFT para renovar concesión

Abelardo Medellín

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió no mantener vigente la concesión que tenía la empresa Comunicación 2000 S.A. de C.V., concesionaria dueño de Canal 7 y el multiplexado “Canal 7, un canal de 10”, por lo que su señal televisiva saldrá del aire.

La determinación por la cual se niega la concesión al canal de televisión abierta XHSLV-TDT, resultó de la ejecutoria del juicio de amparo en revisión 180/2020 del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, en el cual se trató la primera negativa a renovar dicha concesión en 2019, luego de que el concesionario presentó siete meses tarde la solicitud de renovación.

Luego de que el concesionario Comunicación 2000 S.A. de C.V. presentó el 28 de febrero de 2019 su solicitud de renovación —siete meses después de la fecha límite establecida hasta el 1 de julio de 2018— el IFT negó su renovación amparado en el artículo 114 de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), la cual explica los casos en que el instituto puede extender prórrogas.

Tras esa primera negativa, Comunicación 2000 S.A. de C.V. promovió un juicio de amparo indirecto que fue admitido entonces por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, bajo el expediente 545/2019, y luego radicado en el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones. Esta última instancia se declaró incompetente para resolver y el caso fue remitido a la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde se rechazaron los argumentos que el concesionario utilizó contra el contenido del artículo 114 de la LFTR.

En el proyecto de resolución, a cargo del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, se manifestó que al concesionario Comunicación 2000 S.A. de C.V. no le asistía la razón en sus argumentaciones y entonces el proyecto fue avalado por unanimidad de los cinco ministros que conforman la Primera Sala.

“La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es constitucional el artículo 114 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en la parte que prevé que la prórroga de concesiones de bandas de frecuencias debe solicitarse dentro del año previo al inicio de la última quinta parte del plazo de su vigencia”, se lee en la versión pública de aquella resolución.

En atención a lo resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado y la SCJN, el IFT explicó que el 1 de julio de 2018, fecha límite para presentar esa última solicitud de renovación, era el inicio de la quinta parte de la vigencia de la concesión, por lo que era entonces cuando se podía solicitar una prórroga; al haber superado ese tiempo, ya no le asistía la razón a la empresa.

Tras dicha explicación, el Instituto negó a través de su resolución P/IFT/110123/17 la renovación de la concesión de espectro por donde transmiten los canales 7 y “Canal 7, un canal de 10”.

De acuerdo con lo ya resuelto por el IFT, Canal 7 y sus canales multiplexados corren el riesgo de apagar de apagar su señal tras 27 años de operaciones, perder la cobertura que tenían sobre más 22 mil kilómetros cuadrados en San Luis Potosí y la audiencia potencial de más de un millón de espectadores.

Pese al riesgo de perder su señal en la capital, la concesionaria todavía tiene la opción de mantener un canal con cobertura en el municipio de Matehuala, el cual ganó una licitación TV Digital que organizó la IFT. Dicha concesión al norte del estado podría ser aprovechada por Comunicación 2000 S.A. de C.V., si logra rentar un canal multiplexado de otros competidores.

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