Leticia Vaca
Por considerar que se actuó fuera del marco de legalidad y de protección a derechos humanos en las detenciones de los supuestos responsables de los destrozos ocurridos en la sede del Jardín Colón del Congreso del Estado durante una manifestación del pasado 5 de junio, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 01/2021 dirigida al director de Seguridad Pública en el Estado, Carlos Arturo Landeros Hernández, así como al director general de Seguridad Pública Municipal, Edgar Oswaldo Jiménez Arcadia.
A ambos funcionarios se les pide que inicien un procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de dos elementos de Seguridad Pública, ya que uno de éstos fue omiso en proporcionar el nombre de los agentes de policía que intervinieron principalmente en la detención de dos de las víctimas.
Además, se pide que se investigue si existe la participación de más servidores públicos en la detención ilegal, así como que se giren instrucciones precisas a efecto de que la Unidad de Asuntos Internos investigue de manera pronta, “exhaustiva, diligente, acuciosa, puntual, ágil, completa, imparcial, objetiva, expedita, independiente, autónoma, objetiva, técnica y profesional, debiéndose desahogar sin demora, las diligencias efectivas para el debido procedimiento y pronta resolución del procedimiento administrativo que inicie con motivo de la vista que realizó este Organismo, por los actos u omisiones en que incurrieron en violaciones a derechos humanos”.
En la recomendación se cita que, de acuerdo a diversos criterios de la CNDH, se considera que para garantizar a las víctimas la reparación integral “es necesario cumplir los principios de restitución, indemnización, rehabilitación, compensación, satisfacción, garantías de no repetición, obligación de investigar los hechos, así́ como identificar, localizar, detener, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables”.
Además, como garantía de no repetición, se deberá implementar un programa de capacitación permanente sobre el derecho a la libre manifestación, “la erradicación de las detenciones arbitrarias a la integridad y seguridad personal, el derecho de las mujeres a un mundo libre de violencia, derecho de las personas detenidas y derecho a la propiedad”.