Ceepac establece nuevas reglas para evitar simulaciones de género en candidaturas de 2027

Fernanda Durán

Tras el antecedente de Venado, donde un hombre se registró como mujer y ganó la presidencia municipal en 2024, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) aprobó por unanimidad nuevos lineamientos que impedirán contabilizar dentro de los espacios reservados para mujeres a personas no binarias o a hombres que se autoadscriban al género femenino únicamente mediante una carta, sin documentación adicional que respalde el reconocimiento jurídico de su identidad de género.

La medida forma parte del acuerdo aprobado este viernes 6 de noviembre por las siete consejerías electorales, mediante el cual se establecen los mecanismos para verificar el cumplimiento de la paridad de género en las candidaturas a diputaciones locales y ayuntamientos durante el proceso electoral 2026-2027.

Los lineamientos contemplan nuevas reglas de verificación documental, ajustes en la distribución de candidaturas y criterios para impedir que los partidos políticos concentren las postulaciones de mujeres en municipios o distritos donde tienen menores posibilidades de obtener un triunfo electoral.

Se estableció que las personas no binarias, los hombres que presenten un escrito simple de autoadscripción al género femenino y las mujeres que se autoadscriban al masculino deberán ubicarse en espacios distintos a los destinados a las candidaturas femeninas para efectos de verificar la paridad.

Para acreditar el cumplimiento de la paridad, se considerará a quienes tengan documentos de identidad correspondientes al sexo mujer y no hayan presentado un escrito de autoadscripción al género masculino.

La verificación se realizará mediante el acta de nacimiento, la credencial para votar o un oficio expedido por autoridad competente que acredite el inicio de un trámite de rectificación administrativa para el reconocimiento jurídico de concordancia sexogenérica. Esto significa que no será indispensable haber concluido el procedimiento de reconocimiento legal de la identidad de género, pero sí contar con un elemento documental que permita verificar su inicio cuando resulte aplicable.

Una vez presentado este último documento, no se admitirán modificaciones ni revocaciones en la solicitud de registro respecto de la concordancia sexogenérica.

La disposición no impide que las personas involucradas participen en las elecciones ni autoriza a la autoridad electoral a desconocer su identidad de género. Su alcance se concentra en determinar qué candidaturas podrán contabilizarse para acreditar el cumplimiento de los espacios destinados a mujeres.

En su exposición de motivos, el Ceepac sostiene que la medida responde a preocupaciones planteadas durante los diálogos participativos con grupos prioritarios, particularmente personas de la diversidad sexogenérica, quienes señalaron la necesidad de prevenir posibles usurpaciones o usos indebidos de la autoadscripción.

El organismo argumenta que busca establecer mecanismos de verificación sin imponer evaluaciones subjetivas sobre la identidad de las personas ni condicionar sus derechos políticos a estereotipos de género.

El antecedente de “Reyitos” en Venado

Las nuevas disposiciones adquieren relevancia frente a lo ocurrido durante las elecciones de 2024 en el municipio de Venado, donde José Reyes Martínez Rojas, conocido como “Reyitos”, fue registrado bajo el género femenino por la coalición Sigamos Haciendo Historia, integrada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Morena y el Partido del Trabajo (PT).

En abril de ese año, se documentó que el PVEM había registrado candidaturas de hombres bajo el género femenino para las presidencias municipales de Venado y Villa de Arista, mientras que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) hizo lo propio en Ahualulco.

En el caso de Venado, Martínez Rojas fue postulado en un espacio que correspondía a una candidatura femenina conforme a los criterios de paridad establecidos para aquella elección.

Su registro fue impugnado por Nueva Alianza ante el Tribunal Electoral del Estado, al cuestionarse la autoadscripción femenina del entonces candidato. Sin embargo, la autoridad jurisdiccional desechó la impugnación bajo el argumento de que debía respetarse el derecho de las personas a determinar libremente su identidad de género.

Martínez Rojas participó en la contienda y obtuvo el triunfo, por lo que asumió la presidencia municipal para el periodo 2024-2027.

Posteriormente, una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el caso de Charapan, Michoacán, donde se anuló el triunfo de un candidato por una simulación relacionada con su autoadscripción femenina, abrió nuevamente la discusión sobre estos registros.

Aunque el caso de Venado no fue mencionado expresamente durante la discusión de este viernes, el consejero Juan Manuel Ramírez García destacó que una de las novedades del acuerdo consiste precisamente en incorporar una medida para evitar que las candidaturas reservadas para mujeres sean ocupadas mediante posibles simulaciones.

Al presentar el proyecto ante el Consejo General, explicó que la disposición se diseñó a partir de los diálogos con grupos prioritarios y de precedentes jurisdiccionales recientes relacionados con igualdad y derechos humanos.

Señaló que el mecanismo busca evitar que los espacios para candidaturas femeninas sean ocupados por “posibles usurpaciones de género”, sin que ello implique pronunciarse sobre la identidad de las personas y respetando su libre determinación durante las etapas posteriores del proceso electoral.

Nuevas reglas para distribuir las candidaturas

Además de la verificación documental, los lineamientos incorporan una regla de ajuste paritario para evitar que las mujeres sean desplazadas de las candidaturas con mayores posibilidades de triunfo.

De acuerdo con el documento, los partidos políticos deberán distribuir sus postulaciones en tres bloques de competitividad, tomando como referencia los porcentajes de votación obtenidos durante las elecciones de 2024.

Para las diputaciones locales de mayoría relativa, los 15 distritos electorales se dividirán en tres bloques de cinco distritos cada uno.

En el caso de los ayuntamientos, se contemplan tres bloques que agruparán a los 59 municipios: los dos primeros estarán integrados por 20 municipios cada uno y el tercero por 19. Villa de Pozos quedará incluido en el bloque de menor competitividad para este ejercicio.

Los municipios y distritos se ordenarán de mayor a menor votación obtenida por cada partido, de manera que el primer bloque concentrará las demarcaciones donde registró sus mejores resultados electorales y el tercero aquellas donde obtuvo los porcentajes más bajos.

El ajuste paritario permitirá que, cuando un bloque tenga un número impar de postulaciones, se favorezca la candidatura de mujeres en el primero o segundo bloque. Como compensación, en el siguiente podrá postularse hasta un hombre más que mujeres, siempre que el conjunto de candidaturas mantenga la paridad y no exista una mayoría masculina.

Con ello, se pretende evitar que los partidos cumplan formalmente con postular al menos 50 por ciento de mujeres, pero las concentren en las demarcaciones donde tienen menor respaldo electoral.

La misma obligación será aplicable a las coaliciones, cuyas candidaturas deberán revisarse tanto en conjunto como en relación con las postulaciones que correspondan a cada partido integrante, según las reglas establecidas en los lineamientos.

Para verificar estos requisitos, el Ceepac utilizará el sistema informático de paridad electoral, que deberá iniciar operaciones a más tardar el 12 de noviembre.

La herramienta permitirá identificar posibles incumplimientos en la distribución de candidaturas, emitir observaciones y generar reportes por bloque de competitividad.

El acuerdo también fija un calendario para que los partidos políticos entreguen los criterios que utilizarán para garantizar la paridad en las candidaturas a diputaciones y ayuntamientos.

La fecha límite será el 18 de noviembre de 2026, mientras que la Secretaría Ejecutiva del Ceepac deberá realizar una primera revisión al día siguiente.

En caso de encontrar omisiones, el organismo notificará a los partidos el 20 de noviembre, para que puedan corregirlas en un plazo máximo de 72 horas.

El Consejo General tendrá hasta el 28 de noviembre para emitir los dictámenes de procedencia o improcedencia de los criterios presentados.

La omisión de estos requisitos podrá dar lugar al inicio de procedimientos sancionadores, sin que ello exima a los partidos de cumplir con las disposiciones de paridad durante el registro de candidaturas.

Asimismo, las reglas establecen que al menos la mitad de las candidaturas a diputaciones y de las planillas municipales deberán corresponder a mujeres. En los casos en que el número total de postulaciones sea impar, se deberá favorecer al género femenino.

En las diputaciones de representación proporcional y en las listas de regidurías también se deberá garantizar la alternancia de género, mientras que las sustituciones de candidaturas deberán realizarse por personas del mismo género, salvo cuando se trate de una candidatura masculina que pueda ser sustituida por una mujer.