Fernanda Durán
El Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) aprobó este miércoles dos acuerdos derivados de la resolución INE/CG977/2025, mediante la cual el Instituto Nacional Electoral (INE) canceló el registro de dos personas candidatas a cargos judiciales en San Luis Potosí por irregularidades en sus informes de gastos de campaña.
En el primero de los casos, el Ceepac modificó el acuerdo CG/2025/JUN/97 para corregir la asignación de cargos de personas juzgadoras en la especialidad de Oralidad Penal luego de que el INE cancelara el registro de Verónica Pilar Castillo Nieto, quien había resultado electa en el Distrito Judicial 1-A con 8 mil 656 votos.
Dado que el criterio para esa demarcación establecía la asignación del cargo a las dos mujeres con mayor número de votos, el Consejo determinó sustituir a Castillo Nieto por las siguientes candidatas en orden de votación: Juana Irma Azuara Larraga, con 8 mil 344 votos, y Ana Laura Castellón Stringel, con 2 mil 509.
Ambas fueron formalmente reconocidas como juezas de Primera Instancia en Oralidad Penal del Poder Judicial del Estado.
El acuerdo establece que, una vez resueltos los medios de impugnación, se procederá a expedir las constancias de mayoría respectivas y notificar a las instituciones involucradas, incluida la persona sancionada.
Excluyen a aspirante laboral por no presentar informe
En un segundo acuerdo, el Ceepac dio cumplimiento al resolutivo del mismo acuerdo del INE, mediante el cual se impuso la cancelación de registro al ciudadano Genaro López Sánchez, aspirante a un cargo en la especialidad laboral, por no haber presentado su informe único de gastos de campaña.
El organismo electoral determinó que el nombre de López Sánchez sea excluido de los listados oficiales que se remitirán al Supremo Tribunal de Justicia y al Congreso del Estado una vez declarada la validez de la elección.
También ordenó a la Unidad de Prerrogativas y Partidos Políticos hacer la modificación correspondiente en el libro de registro de candidaturas, y se instruyó notificar formalmente al INE, al propio aspirante y a las autoridades estatales competentes.
Además de la sanción impuesta por el INE, Genaro López Sánchez ya había sido objeto de una resolución por parte del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, que le impuso una multa económica de 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) por incurrir en actos anticipados de campaña, debido a que en redes sociales difundió un mensaje llamando explícitamente al voto a su favor antes del inicio oficial de las campañas, lo que fue acreditado por el tribunal con base en una certificación del Ceepac.
Asimismo, fue identificado como uno de los tres aspirantes que no cumplieron con la carga de subir su perfil al portal “Conóceles”, herramienta creada para promover el voto informado durante este proceso judicial extraordinario.