CEGAIP opera en opacidad y con solo dos comisionados

Fernanda Durán

La Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) opera con sólo dos comisionados luego de que el 30 de junio concluyó el periodo de la comisionada Sara Viridiana Tapia Rincón y hasta el momento no se ha convocado al primer supernumerario para completar el pleno del organismo.

Tras la falta de un integrante, los dos comisionados sesionaron el 7 de julio como pleno, según informaron a través de una publicación en redes sociales, en la que se limitaron a agradecer la gestión de Tapia Rincón, sin detallar cómo operaría el Pleno a partir de entonces. En el mensaje se lee lo siguiente:

“Hoy en sesión extraordinaria del Pleno de la CEGAIP se abordaron asuntos administrativos fundamentales para el buen funcionamiento de nuestro órgano garante, en pro de la transparencia y el acceso a la información en San Luis Potosí. Además, cerramos oficialmente el período de la Comisionada Sara Viridiana Tapia Rincón; su dedicación y compromiso han sido un pilar invaluable para la CEGAIP”.

La Ley de Transparencia prevé que la falta de un comisionado debe cubrirse por el primero de los tres comisionados supernumerarios, sobre lo que no existe información por parte de la CEGAIP, a pesar de haber sesionado con sólo dos comisionados el 7 de julio y el 7 de agosto. Se trataría de un incumplimiento de la ley.

De acuerdo con el artículo 28 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, la CEGAIP debe integrarse por tres comisionados numerarios y tres supernumerarios, designados por el Congreso del Estado. La norma establece que “por cada comisionado numerario habrá un supernumerario que supla, en el orden de su nombramiento, sus ausencias”.

El mismo artículo señala que las faltas temporales se cubrirán con los comisionados supernumerarios y, en caso de una vacante definitiva, deberá realizarse una nueva designación.

Hasta ahora no se ha informado públicamente si alguno de los supernumerarios fue llamado a suplir la ausencia de Tapia Rincón, lo que ha generado cuestionamientos sobre la legalidad del Pleno integrado únicamente por dos personas.

La actual situación de la CEGAIP tiene como antecedente la participación de José Alfredo Solís Ramírez como supernumerario en funciones de comisionado durante dos años para ocupar la vacante provocada porque el Congreso del Estado no pudo elegir a un comisionado en 2021.

El proceso se encontraba detenido por la interposición de diversos amparos promovidos por José Jesús Sierra Acuña, Ricardo Castañeda Hernández, Ulises Hernández Reyes, Guadalupe Salazar García y Juan Eduardo Gutiérrez Torres, lo que impidió al Poder Legislativo realizar la designación correspondiente.

Como consecuencia, la terna integrada por José Alfredo Solís Ramírez, Mauricio Vladimir Barberena Sánchez y Sara Viridiana Tapia Rincón se mantuvo sin cambios hasta 2024.

Plataforma de transparencia fuera de servicio

Al revisar la página oficial de la CEGAIP este mes, el sitio aparece con el mensaje “Esta cuenta ha sido suspendida” (This Account has been suspended, originalmente), lo que impide el acceso a la información pública de oficio y a los acuerdos del Pleno.

Aunque no se ha confirmado desde cuándo se encuentra inactiva, esta suspensión puede deberse a diferentes causas técnicas comunes en servicios de hosting:

  • Falta de pago o renovación del hosting/dominio. El proveedor suspende el servicio cuando no se cubren las cuotas.
  • Exceso de recursos o incumplimiento de políticas. Puede ocurrir si el sitio consumió demasiado ancho de banda, espacio en disco, o fue reportado por spam.
  • Medidas de seguridad. Algunos proveedores suspenden cuentas cuando detectan malware, hackeos o uso indebido.

De acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, la caída de la plataforma de la CEGAIP no es un asunto menor, pues el artículo 66 establece que los sujetos obligados deben mantener disponibles y actualizadas sus obligaciones de transparencia en internet y en la plataforma estatal, mientras que el 68 precisa que dicha información debe estar permanentemente accesible.

Además, el principio de máxima publicidad obliga a garantizar el acceso proactivo a la información. La suspensión del portal, por tanto, implica un incumplimiento directo de estas disposiciones y limita el derecho ciudadano a la consulta abierta de información pública.

Sumado a la falta de información sobre la integración del Pleno, la CEGAIP no ha publicado sus acuerdos en el Periódico Oficial del Estado desde el mes de julio, lo que contraviene las obligaciones de máxima publicidad que debería observar como órgano garante del derecho de acceso a la información.