Ciudadanos impugnan designación de Patricia Aradillas como presidenta de Villa de Pozos

Fernanda Durán

Un grupo de habitantes de Villa de Pozos presentó ante el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) un juicio ciudadano para impugnar la designación de la diputada con licencia Martha Patricia Aradillas Aradillas como nueva presidenta concejal del municipio. Se trata de los mismos ciudadanos que, durante una reunión pública con concejales de oposición, manifestaron rechazo al nombramiento y acusaron que la decisión carece de legitimidad social.

El escrito, recibido el 19 de noviembre, fue suscrito por Justino Rodríguez Castro, Francisco Ramírez, Ma. de los Ángeles Flores Martínez, Tomás Hernández Carranza, Ma. Concepción Martínez Martínez, José Valentín Fraga Ponce, Gerardo Enrique Castillo Cuevas y José Jorge Enrique Castillo Morua, quienes afirmaron tener un interés jurídico como ciudadanos, contribuyentes y habitantes de la demarcación.

Los promoventes señalan como acto principal la designación y toma de protesta de Aradillas como presidenta concejal, así como la aceptación de la renuncia de María Teresa de Jesús Rivera Acevedo, ya que consideran que ambos actos carecen de validez por supuestas violaciones constitucionales y procedimentales.

De acuerdo con el escrito, los ciudadanos acusan que la sustitución fue realizada “sin que existiera una notificación formal y pública de la renuncia de la Presidenta Concejal saliente, con los efectos jurídicos correspondientes”, y sin que la designación cumpliera con las condiciones previstas en la Ley Orgánica del Municipio Libre.

El documento de más de 25 páginas plantea cinco agravios principales, entre ellos: la violación a derechos político-electorales; los ciudadanos sostienen que el acto impugnado vulnera su derecho a participar en la integración de las autoridades municipales, al tratarse de una decisión unilateral del Congreso sin mecanismos de consulta ni transparencia.

En segundo término, la invasión de facultades constitucionales del Concejo Municipal. Afirman que el Congreso interpretó indebidamente el Decreto 1074 —que dio origen al municipio— al atribuirse la facultad de sustituir directamente a la presidenta concejal, en lugar de permitir que el propio Concejo eligiera internamente a quien debía suplir la vacante.

También señalaron prohibiciones constitucionales aplicables a una diputada en funciones. Los promoventes sostienen que la designación contraviene el artículo 118 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano, relativo a las incompatibilidades de diputados para integrar ayuntamientos o concejos. Señalan que la diputada con licencia se encontraba impedida para ocupar un cargo municipal aun bajo el esquema de designación.

El documento también señala que no hubo un procedimiento adecuado para definir qué pasaría con la Síndica Primera, quien —según la Ley Orgánica del Municipio Libre— debería asumir funciones en caso de ausencia definitiva de la presidenta concejal, es decir, la impugnación reclama que el Congreso sustituyó directamente a la titular sin activar primero la suplencia prevista en la ley.

Los firmantes aseguran que la designación “desnaturaliza la función representativa del Concejo Municipal”, lo que genera incertidumbre y vulnera el principio de legalidad y certeza que deben regir los actos de autoridad.

Los ciudadanos que acudieron al Tribunal Electoral son los mismos que, días antes, participaron en la reunión convocada por los concejales Dante Alan Carreón, Gerardo Ávila, Gaspar Méndez, María Luisa Zavala y Maribel Lemoine.

En ese encuentro, los asistentes expresaron públicamente su rechazo a la designación de Aradillas bajo el argumento de que la decisión debía corresponder al Concejo Municipal y no al Congreso, y cuestionaron la falta de consulta ciudadana en el proceso.

Por ahora, el Tribunal Electoral solo ha informado al Congreso del Estado sobre la presentación del medio de impugnación y turnará el expediente a la ponencia correspondiente para su análisis inicial.