Fernanda Durán
La Comisión de Gobernación del Congreso del Estado aprobó este jueves el dictamen que acepta la renuncia de María Teresa de Jesús Rivera Acevedo como presidenta concejal de Villa de Pozos y designa a Martha Patricia Aradillas Aradillas —diputada con licencia— como su sustituta, en medio de un debate técnico-jurídico y cuestionamientos sobre la competencia legal del Legislativo para realizar esta designación.
El secretario de Estudios Legislativos, Javier Leiva, expuso los antecedentes del dictamen y recordó que Rivera fue designada mediante decreto en agosto de 2024 y que su renuncia fue entregada el 11 de noviembre.
Explicó que el Congreso es competente para designar o sustituir integrantes de los concejos municipales, citando el artículo 57 de la Constitución del Estado y los artículos 44, 52 y 107 de la Ley Orgánica del Municipio Libre.
De acuerdo con el dictamen, el Congreso sostiene su competencia en una batería de disposiciones: el artículo 57 fracción XXX de la Constitución local y el artículo 16 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo le atribuyen la facultad de designar concejos municipales; mientras que los artículos 44 y 52 de la Ley Orgánica del Municipio Libre establecen que el Concejo de Villa de Pozos debía ser nombrado por el Congreso y permanecer en funciones hasta que, en 2027, tome protesta el primer Ayuntamiento electo conforme a los plazos de la Ley Electoral del Estado.
Además, se invoca el artículo 122 constitucional local para justificar que, ante la renuncia de la presidenta concejal, se siga el mismo procedimiento de designación, y se precisa que la nueva titular debe cumplir los requisitos previstos en el artículo 117, iguales a los exigidos a cualquier integrante de un ayuntamiento.
Afirmó que la renuncia es procedente porque se trata de un cargo designado —no electo— y por tanto no irrenunciable. Según el dictamen, el Congreso está facultado para “designar a quien ocupará la presidencia del consejo hasta que asuma el primer ayuntamiento electo en 2027”.
En ese marco, la comisión aprobó designar a Martha Patricia Aradillas para ocupar la presidencia concejal del 14 de noviembre de 2024 al 30 de septiembre de 2027. El dictamen establece que la toma de protesta deberá realizarse en un acto solemne ante un representante del Congreso.
Debate interno: ¿un solo dictamen o dos actos separados?
Durante la discusión, el diputado Rubén Guajardo Barrera cuestionó que la renuncia y la designación fueran votadas en un mismo dictamen, pues podrían realizarse dos actos separados. El presidente de la comisión, Héctor Serrano Cortés, respondió que la integración conjunta buscaba evitar vacíos administrativos.
“Hay que evitar que haya un vacío temporal (…) aunque presenta la presidenta saliente su renuncia, es a partir de que esta soberanía lo acepta que se generan condiciones para que no haya un vacío”.
La mayoría coincidió en que el proceso no contravenía ninguna disposición legal. Otros diputados consideraron importante aclarar la diferencia entre un ayuntamiento electo y un concejo designado, pues al haber sido nombrado por el Congreso, cualquier sustitución también corresponde al Legislativo.
Varios legisladores solicitaron precisión sobre el procedimiento de protesta. La diputada Dulcelina Sánchez de Lira enfatizó que debía quedar claro que la toma de protesta corresponde al Congreso, a lo que Serrano respondió que se cuidarán los procesos para evitar cualquier cuestionamiento jurídico.
Tras la sesión, en entrevista Serrano Cortés aseguró que el Congreso actuó conforme a derecho y minimizó la posibilidad de un revés jurídico.
“Si hay alguien que quiera hacer una promoción con consecuencias jurídicas, primero va a acreditar su desconocimiento sobre la materia(…) estamos confiados en que habrá de resolver como debe de ser”.
Insistió en que los concejales están confundiendo su origen y atribuciones:
“No emanan de un proceso democrático… es una designación del Congreso”, afirmó, además de añadir que el Legislativo no solo tiene facultades, sino la obligación de evitar un vacío de gobierno.
Respecto a señalamientos sobre si Aradillas era elegible para el cargo por no haberse separado 90 días antes de la elección, Serrano aclaró que ese requisito aplica únicamente para procesos electorales y no para designaciones.
“No hay ningún impedimento legal (…) aquí no hay elección, hay designación”.
El diputado también pidió a los integrantes del Concejo enfocarse en sus tareas administrativas y no en disputas políticas.
“Más que dedicarse a ver cómo le dan un contexto político, deberían dar un contexto social y ponerse a trabajar a favor de la gente”.
Reiteró que la renuncia de Rivera Acevedo es plenamente válida al tratarse de un acto personal.
“Basta y sobra que ella decida presentar su renuncia… no podemos cuestionarlo”.
Añadió que, si en algún momento la nueva titular renunciara, el Congreso tendría que repetir el procedimiento.
Serrano reconoció que cualquier ciudadano podría promover una controversia constitucional, aunque el Congreso está preparado para sostener su postura.
“Estamos convencidos de que no hay ningún acto inconstitucional… y si alguien incumple con sus funciones, el Congreso sigue teniendo atribuciones para revisarlo”.
Finalmente, pidió tranquilidad a los habitantes de Pozos: “Que estén en paz (…) no habrá un vacío de ausencia en funciones de nadie”, recalcó.
Con el dictamen aprobado en comisión, el Congreso deberá convocar a sesión extraordinaria para formalizar la designación de Aradillas, mientras el municipio permanece en un ambiente de tensión institucional y debate jurídico sobre la legitimidad del proceso. Se prevé que la sesión sea este mismo viernes a las 8:00 de la mañana.





