Fernanda Durán
El Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios, que permitirá a los ayuntamientos registrar sus programas sociales como “Programas Prioritarios Municipales” ante el Sistema Estatal de Desarrollo Social, con el objetivo de asegurar su continuidad más allá de los cambios de administración.
De acuerdo con el dictamen avalado por mayoría, los municipios que implementen programas sociales con al menos dos ejercicios fiscales de operación continua podrán registrarlos formalmente ante el Sistema Estatal de Desarrollo Social.
El registro otorgará reconocimiento legal, prioridad en el gasto social municipal y preferencia para acceder a recursos estatales y federales, lo que permitirá fortalecer y ampliar los padrones de beneficiarios.
La Secretaría de Desarrollo Social del Estado será la encargada de establecer los lineamientos técnicos para el registro y evaluación de los programas, en coordinación con los ayuntamientos interesados.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, aunque la reforma fue aprobada el pasado miércoles hasta la mañana de este viernes sigue sin aparecer en este sistema estatal.
El diputado Luis Fernando Gámez Macías, promovente de la iniciativa, reiteró que busca que las políticas locales con resultados comprobados puedan trascender las administraciones municipales.
“Hay muchos casos como el de Soledad, que tiene buenos programas, por ejemplo el derecho humano al agua, donde se entrega agua potable gratuitamente a la población. El riesgo que siempre ocurre es que pasen las administraciones y en algún momento se pierdan este tipo de beneficios”.
Añadió que la modificación da certeza a los ciudadanos beneficiarios, pues “el color que llegue no va a cambiar los programas”, al tiempo que facilita la mezcla de recursos entre los tres órdenes de gobierno para ampliar los apoyos.
Los legisladores coincidieron en la importancia de confirmar la continuidad de los programas sociales que han demostrado resultados, pero sin comprometer la hacienda pública municipal ni limitar la capacidad de decisión de futuras administraciones, por lo que desde la comisión se optó por eliminar la disposición de renovación anual obligatoria incluida en la propuesta original.
El nuevo artículo 32 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios establece lo siguiente:
“Los municipios que implementen programas sociales con al menos dos ejercicios fiscales de operación continua, podrán registrarlos como Programas Prioritarios Municipales ante el Sistema Estatal de Desarrollo Social.
El registro otorgará reconocimiento formal, prioridad en el ejercicio del gasto social municipal y preferencia en la gestión de apoyos estatales y federales.
La Secretaría de Desarrollo Social del Estado establecerá los lineamientos técnicos para dicho registro y evaluación, en coordinación con los ayuntamientos interesados”.