Desiree Madrid
El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal del Estado para crear el delito de “uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social”, una figura impulsada por el diputado del PVEM, Héctor Serrano Cortés.
La votación final cerró con 18 votos a favor, cinco en contra y cuatro abstenciones, tras un debate que evidenció preocupaciones en torno a los alcances de la norma y el proceso legislativo apresurado.
La nueva disposición busca frenar la creación y circulación de imágenes, videos y audios hiperrealistas —los llamados deepfakes— elaborados sin consentimiento de las personas involucradas y que pueden reproducir voces, rostros o gestos con un realismo capaz de afectar la integridad, la reputación y hasta la seguridad de quienes aparecen representados.
Durante la discusión, la diputada Gabriela López Torres explicó que decidió votar en contra después de haberse abstenido en la comisión correspondiente, y expuso que su principal inquietud es la velocidad con la que el Congreso pretende sacar adelante una reforma que no cuenta con dictámenes técnicos de la Fiscalía General del Estado (FGE) ni del Poder Judicial.
Cuestionó además que la legisladora Roxana Hernández Ramírez haya comparado esta propuesta con la Ley Olimpia, al señalar que la primera fue construida desde una lógica de defensa de derechos de mujeres víctimas de violencia digital, mientras que esta reforma plantea un escenario completamente distinto.
López Torres enfatizó que no respaldará ninguna medida que pueda derivar en restricciones a la libertad de expresión, además de que es preocupante que la carga de la prueba recaiga potencialmente en periodistas, caricaturistas o creadores de contenido que utilicen herramientas digitales de forma legítima.
En ese mismo sentido crítico, el diputado Marco Gama Basarte advirtió que, pese a que la iniciativa se presenta como un paso hacia la modernización normativa frente a la inteligencia artificial, el texto aprobado deja abierto un amplio margen de interpretación sobre qué constituye “alarma social”.
Esa ambigüedad, dijo, podría allanar el camino para que la autoridad utilice la legislación de forma discrecional contra voces críticas o contra quienes cuestionen al poder mediante contenidos generados digitalmente. Para Gama Basarte, la reforma plantea una tensión delicada entre seguridad y democracia:
“Más que proteger a la ciudadanía, se corre el riesgo de habilitar un instrumento de persecución política disfrazado de regulación tecnológica”, afirmó.
La postura a favor estuvo encabezada por la diputada Roxana Hernández Ramírez, quien defendió la urgencia de establecer herramientas legales que atiendan los nuevos escenarios de violencia digital.
Recordó casos recientes como el de alumnas de una secundaria en Zacatecas cuyas imágenes fueron manipuladas mediante IA, lo que generó daños emocionales y sociales significativos.
Desde esa óptica, dijo, la reforma no es un intento de censurar sino de “poner límites necesarios” al uso de tecnologías que pueden convertirse en armas contra mujeres, adolescentes y otros grupos vulnerables.
Hernández Ramírez evocó además el trabajo de la activista Olimpia Coral Melo, al destacar la importancia de proteger la dignidad y la seguridad, particularmente de las mujeres, ante un entorno digital cada vez más hostil.
Con la incorporación del nuevo artículo 187 Ter al Código Penal, el Congreso estableció penalidades que pueden alcanzar hasta tres años de prisión para quienes empleen inteligencia artificial para recrear o imitar a una persona sin su consentimiento, o cuando difundan material alterado con la intención explícita de generar desinformación o producir un efecto de alarma en la población.
La reforma incluye también sanciones para casos de manipulación institucional mediante contenidos falsificados que puedan comprometer procesos públicos o la credibilidad de autoridades.
Sin embargo, el decreto señala que no se configurará delito cuando la creación o difusión de materiales digitales tenga propósitos periodísticos, académicos, artísticos, paródicos o de crítica política, siempre que no exista una intención maliciosa de provocar daño o engaño.
Estos matices fueron incorporados tras las observaciones de distintos sectores que alertaron sobre posibles consecuencias en la libertad de expresión, aunque para los opositores del dictamen aún son insuficientes frente a la vaguedad del concepto de “alarma social” y al riesgo de interpretaciones expansivas por parte de las autoridades.
La aprobación de la iniciativa deja en evidencia una fractura en torno a cómo legislar sobre tecnologías emergentes en un contexto en el que la desinformación y la manipulación digital se han vuelto problemáticas reales, pero donde también persisten temores sobre la posibilidad de que normas penales mal diseñadas deriven en abusos. Mientras sus promotores afirman que la reforma era impostergable, las voces críticas insisten en que el debate técnico fue insuficiente y que el Congreso debió buscar un equilibrio más sólido entre protección de derechos y preservación de libertades.





