Consejero Jurídico del Gobernador será Zar anticorrupción de Carreras

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Por: Antonio González Vázquez.

 

Este jueves, con la aprobación del Sistema Estatal Anticorrupción propuesto por el ejecutivo estatal al Congreso del Estado, El Procurador General de Justicia del Estado dejará de ser el “abogado del Estado” y esa tarea recaerá en el Consejero Jurídico del Gobernador. Daniel Pedroza Gaytán, consejero jurídico del gobierno hará las veces de zar anticorrupción habida cuentas de las nuevas facultades que le dotan.

Se espera que el dictamen de las comisiones de Puntos Constitucionales, Justicia, Gobernación y Vigilancia a favor de la iniciativa del gobernador Juan Manuel Carreras, se apruebe en la sesión de este 26 de noviembre.

“Hoy la Consejería Jurídica del estado, es una institución que carece de las atribuciones necesarias para cumplir de manera plena con los objetivos para los cuales fue creada, lo que hace necesario su reformulación a fin de fortalecerla. La presente iniciativa de reforma tiene por objeto dotar de mayores facultades y estructura organizativa a la Consejería Jurídica del Estado, buscando primordialmente que los actos emitidos por la administración pública estatal cuenten con el aval de una revisión juiciosa, técnica y especializada de cada uno de los asuntos, a fin de dar certeza de la legalidad de los mismos a los gobernados.

“De igual forma, la reforma propuesta establece de manera puntual la intervención del Consejero Jurídico en las controversias y acciones a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando se vea afectado el interés del Estado o de alguno de sus Municipios y los negocios en que el Estado sea parte o en los que sea vea afectado el interés público”.

“En razón de lo anterior y para dar congruencia, se separa la dualidad de funciones del Procurador del Estado, dejando en la Institución del Ministerio Público la procuración de justicia y la representación del interés público, y se confiere al Consejero Jurídico la titularidad de la Representación del Estado, para velar y proteger los intereses del mismo.”

El Sistema Anticorrupción, como una instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción.

De este modo, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo pasa a ser Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, las contralorías internas pasan a ser Órgano de Control Interno.

El Consejo Jurídico de Gobierno del estado “intervendrá en las controversias y acciones a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando se vea afectado el interés del Estado o de alguno de sus municipios. El Consejero intervendrá en todos los negocios en que el Estado sea parte, o en los que sea vea afectado el interés público.

 A solicitud de los ayuntamientos y sus entidades, también podrá prestarles la asesoría que requieran. La ley y los reglamentos establecerán la organización y las atribuciones de la Consejería Jurídica del Estado; las atribuciones del Consejero, de las consejerías adjuntas, así como los requisitos para ocupar la titularidad de las mismas”.

 

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