Covid-19 da “segundo aire” a Carreras

Por Victoriano Martínez

Cual si para Juan Manuel Carreras López su sexenio hubiera tomado un segundo aire con la llegada, el pasado 13 de marzo, del primer caso de Covid-19 al Estado, hace 15 días comenzó una campaña promocional con el encabezado ¿Qué hemos hecho en estos 100 días de acciones ante el COVID-19?

Su periodo gubernamental con pandemia será corto, de apenas 18 meses, la cuarta parte de su sexenio. Pero lo ha tomado con tal cambio en las circunstancias, que la nueva normalidad le ha permitido detectar una renovada idea para auto promocionarse: los primeros cien días.

Y sobre esos cien días enlistan las acciones realizadas:

  • Implementamos la reconversión de nuestro sistema de salud para la identificación temprana y aislamiento, para una contención comunitaria.
  • Fortalecemos los recursos humanos del sector salud estatal.
  • Equipamiento al sector salud estatal.
  • Reforzamos con equipo de protección personal y médico.
  • Adquirimos insumos de material de limpieza.
  • Implementamos filtros sanitarios para la atención, información y orientación.
  • Adquirimos y aplicamos pruebas PCR moleculares y reactivas.

Nada que resulte especialmente extraordinario o que no sea parte de las acciones a las que como autoridades están obligados a realizar. Está bien que se informe, está mal que se haga un desplante promocional. Sobre todo cuando a esa campaña le añaden información con un claro afán de presunción:

  • SLP uno de los 10 estados con menor número de contagios.
  • SLP uno de los 6 estados con menor letalidad.
  • SLP dentro de los 3 estados con mayor disponibilidad de camas para la hospitalización general.

¿En qué momento la pandemia se volvió una competencia y dejó de ser una calamidad ante la que necesariamente tenían la obligación reaccionar y trabajar para proteger de la mejor manera la salud de la población?

Cuando se incurre en actos de presunción promocional, se atenta contra los principios del artículo 134 constitucional y más, cuando con esa acción promocional se pretende suplir su obligación de informar, como queda constancia en las respuestas que la Secretaría de Finanzas dio a las solicitudes de información 00789420 y 00789620, vía la Plataforma Nacional de Transparencia.

“Copia en versión electrónica de las acciones emprendidas por esa dependencia en relación a la pandemia del CORONAVIRUS, lo anterior desglosada por municipios y costos de cada una de ellas”, coincidieron en requerir ambas solicitudes de información, y a las dos se les dio la misma respuesta:

“Se adjunta link donde puede consultar la información requerida https://slpcoronavirus.mx/ y en https://slp.gob.mx/sitionuevo/Documents/PDF%20BANNERS/PDF%20100%20DI%CC%81AS%20COVID.pdf”.

El archivo PDF al que se accede es en realidad un cartel promocional (imagen al final de este texto) que difícilmente atiende al derecho de acceso a la información pública en los términos de la solicitud, al no desglosar el gasto por municipio, ni señalar los costos, que –por lo visto– es información que no están dispuestos a revelar… ni en defensa propia.

Por lo menos así queda claro cuando, ni en la frustrada iniciativa para la reestructuración de la deuda pública, reportan los gastos adicionales provocados por la contingencia sanitaria como parte de la justificación.

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