Fernanda Durán
Durante años, el Congreso del Estado de San Luis Potosí ha tratado a las consultas como si fueran un estorbo. Un trámite incómodo que retrasa reformas, que complica calendarios políticos o que encarece decisiones legislativas. Las consultas no son un capricho jurídico ni una formalidad burocrática: son el mecanismo que permite a las personas afectadas opinar sobre una ley antes de que se apruebe.
En teoría el principio es sencillo, pero la historia reciente del Congreso potosino muestra lo contrario: consultas mal organizadas, en ocasiones convertidas en ejercicios de simulación que no cumplen los estándares establecidos por la Suprema Corte. El resultado es evidente: reformas invalidadas y sentencias de inconstitucionalidad que siguen pendientes de cumplimiento.
Es cierto que varios de estos problemas fueron heredados por la actual legislatura. La LXIII dejó pendientes importantes que hoy pesan sobre la agenda del Congreso actual. Pero aunque los diputados puedan argumentar que el error original no fue suyo, lo cierto es que el intento de evadir esa responsabilidad sí ocurrió durante esta legislatura.
La estrategia más evidente fue tratar de trasladar la obligación a otras instituciones.
Durante la legislatura pasada comenzó a construirse la idea de que los organismos electorales podían encargarse de organizar las consultas que constitucionalmente corresponden a los congresos locales. La propuesta se impulsó desde la bancada del Partido Verde, en ese entonces encabezada por el diputado José Luis Fernández Martínez, y posteriormente se intentó colocar incluso en los foros nacionales sobre la reforma electoral federal.
En noviembre de 2025, durante uno de esos foros, un funcionario del Congreso potosino planteó abiertamente que el Instituto Nacional Electoral y los organismos públicos locales electorales asumieran esa facultad. El argumento era que los congresos carecen de capacidad técnica y que los órganos electorales tienen la infraestructura necesaria para garantizar consultas más eficientes.
La propuesta parecía pragmática, pero en el fondo buscaba trasladar la responsabilidad a alguien más.
Esa ruta terminó por cerrarse. Primero por los propios criterios de la Suprema Corte, que han dejado claro que la obligación corresponde al órgano legislativo que pretende aprobar o reformar una ley. Y ahora también por la legislación vigente, que establece con precisión quiénes son las autoridades consultantes.
Con ello, el Congreso ya no tiene a quién “pasarle la bolita”.
La obligación de cumplir con las sentencias es directa. Y si no se cumple, las consecuencias también lo serán.
Pero más allá de las sanciones administrativas o los apercibimientos judiciales, el fondo del problema es otro: la forma en que se legisla. Cuando las leyes se elaboran con prisa, con una lógica propagandística o pensando únicamente en el impacto político inmediato, es fácil olvidar que al final de esa cadena legislativa hay personas concretas cuyas vidas se verán afectadas por esas decisiones.
Por eso existen las consultas.
No para detener reformas, sino para mejorar su contenido. No para incomodar al legislador, sino para permitir que quienes viven las barreras sociales —personas con discapacidad, comunidades indígenas, minorías— puedan señalar aquello que el diseño institucional muchas veces no alcanza a ver.
La Suprema Corte lo ha explicado con claridad en sus sentencias. Una consulta válida debe ser previa, accesible, informada, transparente y con participación efectiva. No basta con convocar a un foro o abrir un registro simbólico. La participación debe ser real y debe influir en el proceso legislativo.
Y en San Luis Potosí ya ocurrió lo contrario: consultas que no cumplieron esos estándares, que fueron invalidadas dos veces y que hoy siguen siendo parte de acciones de inconstitucionalidad pendientes de cumplimiento.
En medio de este proceso también apareció un intento de trasladar el costo político de la omisión. Tanto diputado Héctor Serrano Cortés, como la presidenta de la Directiva, Sara Rocha Medina, han insistido públicamente en que el Congreso buscó el apoyo del Ceepac para organizar las consultas y que el organismo “no tuvo interés” o “no tuvo posibilidades” de hacerlo. La narrativa pretende presentar el tema como un problema de voluntad institucional del órgano electoral.
Sin embargo, la realidad jurídica es otra: el CEEPAC no es una entidad consultante en la Ley de Consulta Indígena ni está vinculado directamente por las sentencias de la Suprema Corte. Durante años, el organismo electoral ha aceptado condiciones que lo han puesto a trabajar de manera extraoficial o con el recurso contado; esta vez, sin embargo, encontró un margen legal para no asumir una responsabilidad que corresponde exclusivamente al Poder Legislativo. Más que una negativa política, lo que ocurrió fue el cierre de una salida institucional que el Congreso buscaba utilizar para evitar asumir el costo completo de organizar las consultas.
Las críticas de colectivos y especialistas no responden a una simple disputa política. Se sustentan en expedientes abiertos en la Suprema Corte, como la Acción de Inconstitucionalidad 67/2023 —promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos contra el capítulo de Educación Inclusiva de la Ley de Educación— y la Acción 152/2022 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra diversos artículos de la Ley Electoral. En ambos casos la Corte concluyó que las consultas no cumplieron los estándares mínimos de participación previa, accesible, informada y efectiva.
A la discusión se suma otra paradoja presupuestal. Mientras el Congreso ahora prevé que las dos consultas pendientes podrían costar hasta nueve millones de pesos, los antecedentes de ejercicios similares realizados en la legislatura pasada muestran montos muy distintos: entre 500 y 600 mil pesos por consulta, con gastos concentrados principalmente en logística administrativa.
Aun así, la Suprema Corte ya advirtió que el cumplimiento no es opcional y dio 20 días hábiles, al Congreso para informar avances, bajo apercibimiento de una multa de hasta 120 UMA en caso de incumplimiento. Habrá que ver ahora qué avance se inventan.
El Congreso tiene ahora una oportunidad —y también una obligación— de corregir el rumbo. No solo para cumplir con la Corte, sino para demostrar que el derecho a ser consultado no es un obstáculo para legislar, sino una condición mínima para hacerlo de manera democrática.
Porque al final, consultar no es perder tiempo. Es reconocer que las leyes no se escriben solo en el pleno del Congreso, sino también en la experiencia de quienes viven sus efectos todos los días.
Ya llegó la reforma electoral
En otro tema, la reforma electoral finalmente llegó a la Cámara de Diputados y con ello comienza la cuenta regresiva: el Congreso de la Unión tendrá menos de 70 días para aprobar los cambios necesarios y ajustar la legislación correspondiente.
Después de semanas de especulación, filtraciones y versiones preliminares —incluidas críticas públicas de legisladores del Partido Verde y del Partido del Trabajo— finalmente comenzó a circular la versión formal de la reforma electoral impulsada por el gobierno federal, que llegó este miércoles 4 de marzo.
Entre lo ya conocido, la iiniciativa incorpora nuevas reglas de financiamiento político. Entre ellas, la prohibición expresa de que partidos, precandidaturas o candidaturas reciban recursos provenientes de gobiernos, empresas o fondos extranjeros, así como la obligación de que las operaciones financieras de partidos y candidatos sean reportadas de forma cotidiana por las instituciones del sistema financiero para efectos de fiscalización electoral.
El problema es que esos reportes serían confidenciales y no necesariamente accesibles al escrutinio público, lo que plantea dudas sobre la transparencia real del sistema.En otras palabras, se fortalece el flujo de datos hacia la autoridad electoral, pero no necesariamente hacia la ciudadanía. Y en un sistema electoral donde la confianza pública depende en buena medida de la transparencia, ese detalle no es menor.
Otro elemento novedoso es la incorporación de disposiciones para regular contenido electoral generado o modificado mediante inteligencia artificial. La iniciativa establece que todo material electoral alterado con estas tecnologías deberá identificarse expresamente, y que concesionarios de radio, televisión y plataformas digitales deberán advertir o evitar la difusión de contenido que no cumpla con ese etiquetado.
El objetivo declarado es combatir la manipulación informativa, aunque la redacción también abre interrogantes sobre los límites entre regulación y posibles riesgos de censura como el caso de la legislación potosina.
La reforma también eleva el umbral para que plebiscitos y otros mecanismos de democracia directa sean vinculantes, al establecer que deberán alcanzar al menos el 40 % de participación ciudadana. El problema es que la experiencia reciente muestra lo difícil que resulta llegar a ese nivel. Como documentó el periodista Abelardo Medellín en 2023, el plebiscito sobre la municipalización de Villa de Pozos apenas alcanzó una participación de 6.82 % del padrón electoral, uno de los porcentajes más bajos registrados en el país en este tipo de ejercicios. Con ese antecedente, el nuevo umbral abre una pregunta inevitable: si los mecanismos de participación directa realmente podrán incidir en decisiones públicas o si terminarán siendo ejercicios simbólicos difíciles de volver vinculantes.
El documento también introduce cambios en la promoción de mecanismos de democracia directa, al permitir que representantes de los tres poderes y niveles de gobierno promuevan la participación ciudadana en consultas populares o revocaciones de mandato, siempre bajo criterios de imparcialidad y neutralidad. Sin embargo, en la práctica, el alcance de esa línea divisoria entre promoción institucional e influencia política será uno de los puntos más delicados de la discusión.
Una vez aprobada y publicada la reforma, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones a la legislación secundaria en un periodo relativamente corto, mientras que las entidades federativas tendrán que armonizar sus propias leyes electorales conforme a los nuevos lineamientos federales.
Mientras tanto, en San Luis Potosí el Congreso local ya anticipa que buscará integrar la reforma electoral federal con la iniciativa estatal previamente vetada para construir un solo paquete de cambios rumbo a la elección de 2027. Cabe recordar que ese dictamen también plantea adelantar el inicio del proceso electoral a noviembre del año previo a la elección.
La apuesta es armonizar todo en un solo rediseño electoral rumbo a 2027, aunque con los plazos federales y los tiempos políticos del estado la pregunta es si el Congreso logrará hacerlo sin volver a legislar con prisa o habrá quien tenga que ceder.
Y ya estando:
LA MANZANA DE LA DISCORDIA: Aunque el cargo de coordinador parlamentario —y, en consecuencia, la presidencia de la Junta de Coordinación Política— parecía ya definido, en los últimos días han surgido complicaciones dentro del Congreso del Estado para alcanzar un acuerdo al interior de la bancada de Morena. El trasfondo del debate no solo gira en torno al perfil que asumirá la conducción política del Legislativo, sino también sobre quién tomará realmente las decisiones en la Jucopo: si será Morena como primera fuerza o si el Partido Verde Ecologista de México continuará influyendo desde detrás de la negociación política, particularmente en temas como la administración de recursos del Congreso local. A ello se suma el malestar que generó entre algunos legisladores morenistas el hecho de que su dirigente estatal, Rita Ozalia Rodríguez, sostuviera una reunión privada sin informar previamente a la bancada ni solicitar su respaldo, a pesar de que en días previos varios de ellos habían manifestado públicamente su solidaridad con la dirigente frente a las críticas del diputado Gabino Morales.
MAYORÍA CALIFICADA A LA MALA: Este jueves se planea votar una de esas reformas con truco que le encantan a la actual legislatura. Aunque el dictamen se presenta como una armonización técnica para unificar el concepto de mayoría calificada, la reforma también modifica la forma en que se contabilizan los votos en el Congreso del Estado, al establecer que las decisiones que requieren dos terceras partes se calcularán únicamente sobre los votos emitidos. Esto implica que abstenciones o ausencias dejarían de influir en el resultado, lo que en la práctica podría reducir el número efectivo de votos necesarios para aprobar nombramientos o decisiones de alto impacto institucional, como la designación de fiscales, auditorías o incluso reformas constitucionales.
Las opiniones aquí expresadas son responsabilidad del autor y no necesariamente representan la postura de Astrolabio.
Es Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Actualmente se desempeña como reportera en Astrolabio Diario Digital y ha colaborado en El Sol de San Luis, donde fue jefa de información. Su trabajo se enfoca en la cobertura de temas políticos, judiciales y derechos humanos, con experiencia en medios digitales e impresos.






