Decreta juez federal suspensión definitiva de obras en calle Acapulco

Por Victoriano Martínez

El Juez Cuarto de Distrito decretó la suspensión definitiva de las obras que realiza el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez en la calle Acapulco, de ese municipio, para evitar mayores “daños y perjuicios de difícil reparación a la parte quejosa”.

El pasado viernes se realizó la audiencia de pruebas, alegatos y sentencia en el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo 540/2017-VI, promovido por Grupo Policentro de San Luis, S.A. de C.V., propietario del predio que el pasado 18 de mayo el Ayuntamiento de Soledad comenzó a demoler para ampliar la calle Acapulco, sin que mediara proceso expropiatorio.

Con esta determinación se confirma la suspensión provisional que fue notificada a las autoridades municipales el pasado 30 de mayo, con lo que desde entonces quedaron paradas las obras sobre la propiedad de la empresa hoy quejosa.

Así, Juan de Dios Monreal Cuéllar, Juez Cuarto de Distrito, ratificó con carácter definitivo la “medida cautelar que se concede para el efecto de que se suspendan las obras que se estén realizando a efecto de evitar que se continúe con la modificación de las características físicas del inmueble propiedad de la parte quejosa”.

Las autoridades señaladas como responsables de violar los derechos del Grupo Policentro son el presidente municipal de Soledad de Graciano Sánchez, su director de Infraestructura y el Ayuntamiento en pleno, a quienes se les advierte que “se abstengan de adjudicarse y/o escriturar en su favor o de terceros y/o transferir la posesión que ilegalmente tienen a un tercero”.

Los señalamientos en contra de las autoridades por parte del Grupo Policentro son por desposesión del predio señalado y la destrucción de la cerca circundante y de la edificación constituida en el inmueble.

También se quejan por la “modificación del inmueble referido en cuanto a sus características y condiciones físicas, particularmente por lo que hace a la nivelación y pavimentación del inmueble, así como la tala de árboles, sin que lo anterior resulte limitativo, por ser solo enunciativo, ya que desconocemos los alcances e intenciones destructivas de las responsables”.

Consulta el fallo del juez:

SuspensiónDefinitivaAcapulco

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