Desde hace dos meses, la SCJN tramita acción de inconstitucionalidad contra Ley de Educación

Fue interpuesta por la CNDH porque indígenas y personas discapacitadas no fueron tomadas en cuenta por el Congreso del Estado, respecto de normas que les repercuten en ambos sectores de la población

Eduardo Delgado

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tramita desde hace dos meses la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de la Ley de Educación del Estado, pues a juicio del organismo contiene disposiciones que repercuten en las comunidades indígena y personas discapacitadas, cuyos sectores de la población no fueron consultados de manera previa respecto de esas normas.

La acción de inconstitucionalidad de la Comisión Nacional, es aparte de la interpuesta por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual fue rechazada en la Suprema Corte porque fue presentada sin firma del presidente de ese organismo, Jorge Andrés López Espinosa, como se informó este lunes en Astrolabio Diario Digital.

A criterio de la CNDH, el ordenamiento aprobado en el Congreso del Estado el pasado 14 de mayo y publicado ese mismo día en el Periódico Oficial, contiene disposiciones que impactan “significativamente” en los pueblos y comunidades indígenas, y otras “estrechamente” vinculadas con las personas con discapacidad, al regular cuestiones relativas a la educación indígena e inclusiva.

“Sin embargo, del análisis del proceso legislativo se advierte que no se llevaron a cabo las consultas que cumplieran con los parámetros correspondientes en dichas materias”, asentó en la acción de inconstitucionalidad 179/2020, suscrita por la presidenta del organismo, María del Rosario Piedra Ibarra.

Como parte del trámite del recurso, promovido el pasado 15 de julio por la comisión nacional, la Suprema Corte notificó el pasado viernes en su lista de notificaciones de la sección de trámite de controversias constitucionales y de acciones de inconstitucionalidad, la recepción del oficio y los anexos del Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo de San Luis Potosí, por el que rindió el informe solicitado al Gobierno del Estado.

Por ende, añadió, dio por cumplido el requerimiento formulado al Poder Ejecutivo el día 11 de agosto del año en curso, “al remitir a este Alto Tribunal copia certificada del Periódico Oficial del Estado en el que se publicó el decreto impugnado en este medio de control constitucional”.

Asimismo, remitió copia del informe a la CNDH, así como a la Fiscalía General de la República para que formulen lo que les corresponde “hasta antes del cierre de instrucción”, así como a la Consejería Jurídica del Gobierno Federal, a fin de que, de considerar que la acción de inconstitucionalidad trasciende a sus funciones constitucionales, “manifieste lo que a su representación corresponda”. 

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