Diputada propone aplicar la Ley de Paridad de Género en cargos del Gobierno Municipal

Leticia Vaca

Con reformas a las fracciones V y VI, del artículo 70 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez propone incluir el principio de paridad de género en los nombramientos de funcionarios municipales.

Este jueves 8 de junio, la propuesta de Benavente Rodríguez fue turnada a comisiones para su análisis, en la que se sugiere que la o el presidente municipal deberá proponer “considerando el principio de equidad de género, en la primera sesión de Cabildo, los nombramientos de la o el secretario, de la o el tesorero, de la o el contralor, de las o los titulares de las unidades, investigadora y substanciadora, de la o el Oficial Mayor, y las delegadas o delegados, en su caso”.

Mientras que los servidores públicos municipales cuya designación no sea facultad exclusiva del Cabildo, deberán ser nombrados bajo el principio de equidad de género.

Con ello, se busca garantizar que las relaciones laborales entre el ayuntamiento y sus trabajadores, se apeguen a lo dispuesto en la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado y Municipios de San Luis Potosí.

Respecto a los nombramiento de directores, subdirectores de área, o jefes de área o departamento; de servidor público que ejerza funciones de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general; y aquellos que por su naturaleza se definan como tales en los catálogos o tabuladores generales de puestos a que se refiere la Ley de los Trabajadores de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí; en todo momento se deberá considerar el principio de equidad de género.

La legisladora justificó que ya existe precedente a nivel local en las que se consignan la igualdad y equidad de género. Sin embargo, a nivel municipal “no se encuentra precisión alguna en su legislación orgánica del mismo que tutele esta prescripción en materia de derechos humanos, no así en las otras normas orgánicas a nivel estatal en las que a diferentes órdenes gubernamentales sí contienen tales prescripciones. Por ello, a efecto de considerar tal disposición y para abonar en la construcción de un país y un Gobierno más inclusivo y justo, es preciso actualizar la norma fundamental del Municipio a efecto de garantizar lo anterior”.

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