Por Victoriano Martínez
Aunque según los tiempos establecidos por la legislación federal que extinguió al INAI la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) para estas fechas tendría que haber desaparecido, por la negligencia y poco compromiso de los diputados con la transparencia se mantiene en una especie de pabellón de la extinción.
No es ninguna novedad que el Congreso del Estado incumpla con las disposiciones federales que le ordenan armonizar la legislación local en determinados plazos y este caso exhibe no sólo su tendencia a violar la ley, sino además lo poco que se toman en serio entre ellos.
Desde el 18 de marzo, el Pleno turnó a la Comisión de Transparencia del Congreso del Estado, encabezada por la diputada Diana Ruelas Gaitán, con el número 1204, la iniciativa de reformas constitucionales que presentó la diputada Sara Rocha Medina que, de haber atendido, les habría dado tiempo más que suficiente para cumplir con la extinción de la CEGAIP.
A pesar de eso, el 17 de junio, a unos días de que se venciera el plazo para realizar esas reformas, Ruelas Gaitán exhibió en una entrevista su ignorancia total en el tema, pero además lo poco que se toma en serio su trabajo, porque en su escritorio ya tenía 91 días la propuesta de su compañera pero quedó claro que ni la conocía.
Hoy, “al cuarto después de las 12”, Ruelas Gaitán pretende aparecer como muy cumplida con una iniciativa muy similar a la de Rocha Medina y también a la que presentó en último momento y a destiempo el diputado Carlos Arreola Mallol.
Previamente declaró que estaban a la espera de la iniciativa que les enviaría el Ejecutivo como para no desentonar con la sumisión del Legislativo. Es muy posible que efectivamente haya recibido la iniciativa del gobernador Ricardo Gallardo Cardona, pero con la orden de que la presentara ella a su nombre.
El hecho es que a la fecha hay tres iniciativas enfocadas a la extinción de la CEGAIP con algunas variantes de forma, pero con el mismo resultado: el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en el Estado seguirá un esquema similar al establecido en el ámbito federal tras la desaparición del INAI.
Las tres iniciativas proponen modificaciones al artículo 17 de la Constitución Política del Estado: principalmente determinar mecanismos de acceso y de revisión directos con los sujetos obligados y especificar la obligación de los sujetos obligados con el ejercicio del derecho de acceso a la información pública ante la desaparición de la CEGAIP.
En el caso de la iniciativa de Arreola Mallol se excede al establecer que el Congreso deberá legislar sobre la protección de datos personales en posesión de particulares, ya que se trata de una facultad exclusiva para el Congreso de la Unión.
Ruelas Gaitán, por su parte, desde el artículo 17 establece la creación de un organismo desconcentrado del Ejecutivo como garante de la transparencia.
“El Poder Ejecutivo del Estado a través de un organismo público desconcentrado, tendrá las atribuciones en materia de transparencia por lo que hace a la administración pública estatal y los municipios del Estado”, propuso.
Una disposición que parece tener el sello de Gallardo Cardona y su afán por pasar por encima de los ayuntamientos al ahora someterlos a control en materia de transparencia, sin el más mínimo respeto a su autonomía.
En su iniciativa, Arreola Mallol en el artículo 17 sólo hace una referencia a un organismo garante desconcentrado del Ejecutivo, pero para su creación propone reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública para transformar la Contraloría General del Estado en Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, de la que dependería el nuevo organismo.
Un esquema que se alinea con la Ley General de Transparencia, hoy vigente, que crea un Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública al que los Estados deben adherirse a través de subsistemas que permite coordinar y dar seguimiento al tema, así como participar en mecanismos de acceso como, por ejemplo, la Plataforma Nacional de Transparencia.
“Los recursos materiales, así como los registros, padrones, plataformas y sistemas electrónicos del ente público que se extingue, pasarán a formar parte de la autoridad garante local del Poder Ejecutivo del Estado, según determinen las leyes secundarias” señala el artículo quinto transitorio de la iniciativa de Ruelas Gaitán, lo que aparece igual en el séptimo de la iniciativa de Rocha Medina.
Una disposición que, en sentido estricto y como ocurrió con la Plataforma Nacional, garantiza que la Plataforma Estatal de Transparencia se mantendrá, lo que –es de esperar– pondría a salvo la información que ahí se encuentra disponible desde 2015 a la fecha y mantendría el espacio para que se acumule la información que generen los sujetos obligados.
La Plataforma Estatal de Transparencia seguirá como el instrumento local para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia que da acceso a 363 obligaciones conta las 254 de la Ley Federal.
Establecer la protección a esos derechos adquiridos en cuestión de transparencia es, de hecho, uno de los faltantes en las tres iniciativas. Cuando en 2015 se aprobó la Ley General de Transparencia incluyó un artículo transitorio que ordenó a los Estados evitar retrocesos en ese sentido.
Aun sin esa previsión, por tratarse de derechos adquiridos el Congreso del Estado está impedido de eliminar obligaciones de transparencia porque incurriría en una violación al principio de progresividad del artículo primero constitucional. Pero poco les suele importar, así que no estaría de más que lo hicieran explícito en un transitorio.
Si algo debe tomar como reto la CEGAIP –en lugar de su deseo de no quedarse sin el cargo y sus jugosos sueldos–es que esa mayor apertura se mantenga en la nueva Ley de Transparencia que tendrá que emitirse. Por lo menos desde el pabellón de la extinción dejarían ver un mínimo compromiso con el derecho de acceso a la información pública.