Fernanda Durán
La distribución territorial y temática implementada para la elección extraordinaria de jueces y magistrados del Poder Judicial en San Luis Potosí podría ser modificada en procesos electorales posteriores, afirmó la consejera del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), Graciela Díaz Vázquez.
Díaz Vázquez señaló que la sectorización aplicada en este proceso es resultado de una experiencia inédita y que será objeto de revisión una vez concluida la jornada del 2 de junio.
“Tan es posible como es posible que la distritación se revise y se reacomode de una elección a otra”, expresó, al subrayar que el rediseño electoral no es inamovible y que ya se anticipa, por ejemplo, la necesidad de incorporar a Villa de Pozos como municipio en futuras definiciones territoriales.
Ante las críticas de aspirantes, abogados y asociaciones civiles que han señalado que en el subdistrito 01B (San Luis Potosí capital y Villa de Pozos) y el 01C (Soledad, Cerro de San Pedro, Zaragoza, Armadillo de los Infante) no se podrá votar por personas candidatas a jueces laborales —a pesar de que los tribunales laborales del estado se encuentran en esa zona—, Díaz Vázquez explicó que sí habrá elección de jueces laborales dentro del distrito 01, pero la materia fue asignada exclusivamente al subdistrito 01A, integrado por Ahualulco, Mexquitic de Carmona y Villa de Arriaga.
Reiteró que la decisión se tomó en coordinación con la sectorización aprobada por el Instituto Nacional Electoral (INE) y con base en principios de proporcionalidad para garantizar una boleta manejable para el electorado.
“La materia laboral sí se va a votar en el distrito 01. La particularidad es que ese distrito 01, conforme a las atribuciones del Instituto Nacional Electoral en materia de geografía electoral, está dividido en tres fracciones. Entonces, en una de las fracciones del distrito 01 es que se va a votar la materia laboral”, señaló.
La consejera indicó que la distribución de materias obedeció a la necesidad de asegurar que cada distrito tuviera un número semejante de cargos en sus boletas, entre 10 y 11 en el caso de primera instancia, de modo que no se sobrecargara la experiencia de votación ni se desincentivara la participación.
“Estamos ponderando los principios de la función electoral, pero también la garantía de una elección asequible y proporcionada para la ciudadanía”, enfatizó.
Respecto a los recursos legales promovidos por personas aspirantes inconformes con la sectorización, Díaz Vázquez reconoció su derecho a impugnar cualquier decisión del Consejo General, además de que existe una cadena impugnativa que permite llevar los reclamos ante el Tribunal Electoral local y, si es necesario, a instancias federales.
“Somos muy respetuosos, muy abiertas en Ceepac a estas consideraciones, muy transparentes a colocar cuáles han sido las posturas institucionales para la toma de la decisión del colegiado, pero también muy atentos a lo que las autoridades nacionales nos determinan”, indicó.
El Tribunal Electoral del Estado ha resuelto seis recursos relacionados con el acuerdo CG/2025/ABR/65 en los que confirmó la legalidad de la división de distritos y asignación de especialidades, pero las inconformidades persisten tanto en lo jurídico como en lo público.