Fernanda Durán
Desde el inicio de la actual legislatura, en septiembre de 2024, el Congreso del Estado ha aprobado al menos 15 reformas al Código Penal, una de las leyes con mayor impacto directo en los derechos, libertades y la vida cotidiana de la población.
De ese total, la mayoría de las modificaciones han sido promovidas por diputadas, diputados y el Poder Ejecutivo provenientes del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido del Trabajo (PT), sin que exista coherencia técnica ni armonización real con otros ordenamientos.
Del total de reformas aprobadas, 11 fueron promovidas por diputadas, diputados o por el gobernador Ricardo Gallardo, todos del PVEM y PT, dos por legisladores de Morena, una por el PRI y una más tuvo origen ciudadano; lo que concentró en un solo partido la mayor parte de las modificaciones al Código Penal durante el periodo analizado.
Las reformas aprobadas durante este periodo abarcan temas como violencia vicaria, pederastia, aborto, imprescriptibilidad de delitos sexuales, extorsión, halconeo, uso de inteligencia artificial, maltrato animal y violencia digital, entre otros.
Aunque varias de estas iniciativas se presentan como respuestas a problemáticas sociales legítimas, especialistas advierten que la acumulación de cambios y su diseño técnico pueden generar normas ineficaces, contradictorias o con efectos adversos en la práctica judicial. Para la abogada penalista Claudia Espinosa Almaguer, el problema no es únicamente el número de reformas, sino el fondo y la forma en que se legisla en materia penal.
“Es complicado elegir, particularmente en esta legislatura, entre qué es peor, si la forma en que se hacen las cosas o el fondo de las reformas”, señaló, al considerar que el derecho penal es utilizado como una herramienta política y no como un recurso de última instancia dentro de un Estado democrático.
Espinosa Almaguer subrayó que el proceso legislativo en materia penal implica un gasto público considerable, destinado a garantizar la publicidad, discusión y aprobación de las reformas: asesorías, trabajo en comisiones, debate en tribuna y publicación en el Periódico Oficial del Estado. Sin embargo, sostuvo que ese esfuerzo institucional se diluye ante la falta de deliberación real.
“Todo ese dinero se desperdicia debido a la sumisión del Legislativo con otros poderes, a la ausencia absoluta de discusión jurídica y de explicaciones veraces sobre las consecuencias de sus decisiones de cara a la gente”.
Esa forma de legislar, añadió, se refleja directamente en el contenido de las reformas aprobadas. A su juicio, varias figuras penales incorporadas recientemente funcionan como justicia simbólica, es decir, normas que buscan enviar mensajes políticos sin garantizar su eficacia.
“Si encima de este desperdicio de recursos el resultado da con figuras como el de ‘pederastia’, el aborto o la ‘tentativa’ de feminicidio, o peor aún con delitos como el ‘halconeo’ o el ‘uso indebido de la inteligencia artificial’, entonces lo creado tiene el fin esencial de usar el derecho penal como arma política”.
En el plano técnico, la penalista explicó que el parámetro central para evaluar una reforma penal es su apego a la Constitución y a los derechos fundamentales, bajo el principio de que el derecho penal debe ser el último recurso del Estado.
No obstante, afirmó que en la mayoría de las reformas recientes existen “defectos severos de forma y fondo”, como figuras incompletas, términos jurídicamente imprecisos, penas inexistentes o la duplicación de delitos ya previstos. Entre los ejemplos mencionó la duplicación de conductas en el delito de pederastia, la imprecisión conceptual en materia de aborto y la reducción del alcance de figuras como la tentativa de feminicidio.
Al abordar las consecuencias prácticas de estas reformas, Espinosa Almaguer se refirió a la ampliación de la imprescriptibilidad de ciertos delitos como un ejemplo de los riesgos no explicados a la ciudadanía. Señaló que, aunque la medida puede parecer una buena intención al permitir que una denuncia se presente en cualquier momento, “no se le dice a la ciudadanía que la capacidad de probar un crimen cualquiera se ve afectada por el paso del tiempo”.
Advirtió que no es lo mismo investigar un hecho ocurrido días atrás que uno sucedido años antes, lo que pone en riesgo la promesa legislativa de acceso pleno a la justicia.
En ese sentido, alertó que el legislador suele imaginar la investigación penal como un escenario idealizado.
“El legislador se imagina la investigación penal como un caso de programa de televisión, con todos los recursos, la tecnología y expertos y expertas de alta especialización al alcance de los más de tres millones de personas que somos ahora mismo en el Estado”, señaló, cuando en la práctica existen limitaciones estructurales que condicionan la integración de los casos.
La penalista recordó además que el sistema penal acusatorio, aunque ya no es nuevo, sigue siendo complejo tanto en la teoría como en la práctica, y su funcionamiento depende de múltiples variables que pueden fortalecer o debilitar la capacidad de argumentación de las partes.
A ello se suma, explicó, la desigualdad entre la defensa pública y la privada, así como la tensión permanente entre los fines constitucionales del proceso penal y la realidad de la impunidad, factores que rara vez son considerados al momento de aprobar nuevas reformas.
Espinosa Almaguer recordó que el Código Penal de San Luis Potosí, vigente desde 2014, ha acumulado más de 100 modificaciones, varias de las cuales han sido invalidadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Entre los delitos que han sido reformados de manera recurrente mencionó la violencia familiar, el feminicidio y las lesiones por quemaduras o sustancias, muchas veces con contenidos deficientes que no aportan claridad ni eficacia al sistema penal.
En este contexto, advirtió que seguir modificando el Código Penal sin una revisión integral no solo genera inestabilidad normativa, sino que puede traducirse en afectaciones directas para la ciudadanía, desde procesos prolongados y costosos hasta riesgos para la libertad personal.
Además, cuestionó la opacidad en el uso de asesorías legislativas y la justificación automática de reformas bajo el argumento de la homologación federal, sin análisis propio ni discusión jurídica sólida.
Como ejemplo de esa falta de contención técnica, citó la propuesta del Ejecutivo para tipificar el delito de violación acompañada de la castración de agresores, una idea que pudo haberse frenado con argumentos jurídicos básicos, en lugar de exponer al estado “al escarnio nacional” y evidenciar la ausencia de debate constitucional al interior del Congreso.
Aunque reconoció que existen causas legítimas detrás de algunas reformas, como el aborto o la violencia de género, Espinosa Almaguer advirtió que la deficiente calidad técnica de las figuras penales termina por desvirtuar esas luchas.
“Hay reformas necesarias, pero sus modificaciones no son coherentes con la dignidad ciudadana que dicen defender”.
Finalmente, sostuvo que legislar en materia penal exige responsabilidad ética frente a la ciudadanía y no obediencia a intereses partidistas o coyunturales. “Lo que se necesita no es ser experto en derecho, sino tener ética”.





