Por Frida Castillo
Diversos ecos que resuenan durante las manifestaciones que se realizan en el #8M en todo el territorio nacional: exigencias sobre el cese de la violencia feminicida, las desapariciones de miles de mujeres, los abusos a niñas, niños y adolescentes, la desigualdad estructural en perjuicio de mujeres con discapacidad, de mujeres indígenas, de mujeres trabajadoras.
Reclamos sobre la violencia obstétrica, el acoso sexual y escolar, el grave riesgo prevalente para las mujeres periodistas y defensoras de derechos humanos en el ejercicio de su profesión, entre otras. De forma contundente, el acceso a la justicia, el derecho a la verdad, a la memoria y a la reparación.
En este contexto, mucho se aborda en distintos foros sobre el amplio trabajo legislativo que durante ya varias décadas se ha llevado a cabo en nuestro país para atender las problemáticas que despuntan los índices de violencia en contra de las mujeres.
En 2024, fue publicada una reforma en la Constitución Federal para garantizar la igualdad sustantiva. Su objetivo fue reconocer la igualdad de derechos y oportunidades en la práctica, erradicar la brecha salarial entre hombres y mujeres, profundizar la paridad en el gobierno federal, estatal y municipal y promover el derecho de las mujeres, niñas, niños y adolescentes a una vida libre de violencia, todo ello para transformar las estructuras institucionales y combatir la violencia de género y la desigualdad estructural.
La igualdad sustantiva no es un término académico o técnico-jurídico, se trata de una categoría política, es una práctica que busca propiciar las condiciones sociales, económicas, políticas, culturales e ideológicas que permitan el ejercicio real de los derechos fundamentales de las mujeres. Es decir, que la igualdad no solo exista en el texto de la ley, sino que sea palpable en la vida cotidiana, en los espacios públicos y privados.
En México, organismos internacionales de derechos humanos, han analizado ampliamente a través de informes, diagnósticos, aportaciones de la sociedad civil y casos específicos, el marco legal sobre los derechos de las mujeres y niñas. Las conclusiones generalmente apuntan a lo mismo: nuestro país cuenta con un sistema jurídico que aborda y regula robustamente las obligaciones estatales relativas al ejercicio y protección de los derechos de la mujeres y niñas, sin embargo, los índices delictivos que las involucran como víctimas siguen en incremento.
Además, los factores de riesgo a su seguridad e integridad personal constituyen uno de los mayores retos que el Estado no logra atender de forma diligente y que les impactan de forma directa.
En su informe de 2025, durante la examinación realizada a nuestro país, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU, reconoció los avances en igualdad sustantiva y paridad, sin embargo, emitió 90 recomendaciones críticas por la persistencia de violencia, impunidad, militarización y necesidad de proteger a madres buscadoras.
Destacó que hay un aumento de los casos de violencia de género contra las mujeres y las niñas cometida por actores estatales y no estatales, incluidas organizaciones delictivas, como desapariciones, torturas, violencia sexual y feminicidios, a menudo con armas de fuego, que se ven agravados por la ineficacia e insuficiencia de las respuestas, incluidas las políticas de seguridad y control de armas, y de la recopilación de datos.
En un país con 6 mil 440 feminicidios y 635 niñas y adolescentes asesinadas de enero de 2019 a enero de 2026 -de acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública- resulta oportuno hacer eco sobre las obligaciones que tienen las autoridades frente a los casos de violencia de género.
De cara a las múltiples reacciones que surgen posterior a la marcha del 8M y la intención gubernamental de lograr que la igualdad sea una realidad, no debemos olvidar que existe una obligación estatal de debida diligencia reforzada para prevenir la violencia contra las mujeres.
Ello obliga a las autoridades a tomar acciones inmediatas, oficiosas y exhaustivas para prevenir, investigar y sancionar la violencia, especialmente contra mujeres y grupos vulnerables.
De hecho, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya ha señalado que las autoridades deben adoptar una gama de medidas de diversa índole que procuren, además de prevenir hechos de violencia concretos, erradicar a futuro toda práctica de violencia basada en el género.
Para ello, resulta de suma importancia reconocer, visibilizar y rechazar los estereotipos de género negativos, que son una de las causas y consecuencias de la violencia de género en contra de la mujer, a fin de modificar las condiciones socio-culturales que permiten y perpetúan la subordinación de la mujer.(Caso López Soto y otros Vs. Venezuela)
Ha destacado que en México existe una cultura fuertemente arraigada en estereotipos, cuya piedra angular es el supuesto de la inferioridad de las mujeres.
El cambio de patrones culturales es una tarea difícil para cualquier gobierno. Más aún cuando los problemas emergentes de la sociedad moderna: alcoholismo, drogadicción, tráfico de drogas, pandillerismo, turismo sexual, etc., contribuyen a agudizar la discriminación que sufren varios sectores de las sociedades, en particular aquellos que ya se encontraban en una situación de desventaja, como es el caso de las mujeres, los y las niñas, los y las indígenas. (Caso Campo Algodonero Vs. México)
Ahora bien, preguntémonos ¿qué están haciendo las autoridades para disminuir los casos de feminicidio? , ¿es común que normalicemos los anuncios en Facebook sobre mujeres y niñas desaparecidas como si fuesen anuncios clasificados?., ¿cómo contribuye la sociedad civil a reforzar los estereotipos que colocan a las mujeres en una condición de inferioridad? , ¿necesitamos ser un número o carpeta de investigación más para sentir empatía por las victimas y no condenar las manifestaciones?
Cuando se exige al Estado que actúe, que prevenga, que escuche, que cumpla con las obligaciones que tiene, se expresa mucho más que ello. Se grita el miedo a perder a una hermana o a una amiga, a ser un número más de las estadísticas, a salir solas, a tomar un taxi y no regresar. A ver a nuestras madres buscándonos desesperadas mientras reciben maltratos e ineficiencia de la burocracia estatal.
La preocupación del riesgo feminicida es latente, es real, es legítimo.
En ese contexto, y más allá de estar a favor o en contra de las intervenciones que se realizan durante la marcha del 8M, esta colaboración invita a cuestionar las circunstancias reales de nuestro entorno y de las mujeres que tenemos cerca y no tan cerca.
P.D. En 1935 Frida Kahlo leyó en el periódico la siguiente noticia: un hombre mató a su mujer y en su defensa él argumentó que sólo le había dado «Unos cuantos piquetitos». Según la policía, fueron veinte puñaladas.
Las opiniones aquí expresadas son responsabilidad del autor y no necesariamente representan la postura de Astrolabio.
Es Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Maestra en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad Panamericana y Maestra en Periodismo Político por la Escuela de Periodismo Carlos Septién García. Formó parte de la Secretaría de Marina Armada de México colaborando en la Unidad de Promoción y Protección de los Derechos Humanos. Actualmente se desempeña como consultora independiente.






