Emplaza Tribunal Electoral del Estado a Morena

  • Para aplicar norma que prohíbe a militantes postulación consecutiva a cargos por la misma vía
  • A Cuauhtli Badillo y Lidia Vargas, nominados y electos diputados federales plurinominales en 2018
  • Este año, fueron candidatos y les fue asignada ya una curul pluri en el Congreso del Estado

Eduardo Delgado

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) le ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, aplicar la norma de ese instituto político a Cuauhtli Fernando Badillo Moreno y Lidia Nallely Vargas Hernández, que prohíbe a sus militantes su postulación consecutiva a cargos de elección popular por la misma vía, porque hace tres años fueron candidatos a diputados federales y este año a legisladores locales, en ambos casos por el principio de representación proporcional.

Este jueves, en sesión plenaria, las magistradas Yolanda Pedroza Reyes y Dennise Adriana Porras Guerrero, aprobaron el acuerdo propuesto por el magistrado Rigoberto Garza de Lira, en el expediente identificado con la clave TESLP/JDC/98/2021, derivado de la impugnación interpuesta por Juan José Hernández Estrada, en su carácter de militante de Morena.

Ello, luego de que el pasado 15 de junio la Comisión de Morena, en resolución de la queja inscrita con la clave CNHJ/SLP/275/2021, determinó que el artículo 13 de los estatutos de ese partido es contradictorio a la Constitución federal, y confirmó la postulación de Cuauhtli Badillo y Lidia Vargas, en las posiciones uno y dos, respectivamente, del listado de candidatos a diputados plurinominales.

El órgano jurisdiccional presidido por la magistrada Adriana Porras, estableció que las normas estatutarias de los partidos solo pueden ser modificadas con la aprobación del Instituto Nacional Electoral, conforme impone la norma constitucional, lo que en el caso no ha acontecido y por ende la disposición restrictiva a sus militantes se mantiene vigente.

Magistradas y el magistrado sostuvieron que lo dispuesto en el artículo referido “no es susceptible de interpretación”, como “erróneamente” lo hizo la Comisión, porque “es de aplicación directa y obligatoria a sus militantes”.

“Si el origen de un cargo de legislador es la vía plurinominal, no podrá postularse por la misma vía a ningún otro cargo de manera consecutiva”, dicta el estatuto.

Los integrantes del TEE expusieron que en sentencia del pasado 11 de junio, le ordenaron a la CNHJ resolver conforme a lo dispuesto en el artículo citado, luego de que en resolución emitida en otra anterior, el pasado 28 de mayo, la comisión partidista alegó prácticamente lo mismo que el martes de la semana anterior.

Por tanto, la reiteración de su postura la catalogaron como “ilegal e incorrecta” y sus actos como “evasivos”, respecto del cumplimiento de la sentencia en apego a lo dispuesto a la norma cuya aplicación exige inconforme.

Por tanto, emplazaron al organismo partidista para que en un plazo de 24 horas, contados a partir de la resolución aprobada este jueves, emita una nueva resolución “aplicando de manera literal” el artículo 13,  y le advirtieron que en caso de incumplir le impondrán una multa por el equivalente a 250 Unidades de Medidas de Actualización, es decir 22 mil 405 pesos.

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