En atención a réplica solicitada por Fernando José Barrera Guillén y Abraham Payan Torrescano (I)

Réplica solicitada por Fernando José Barrera Guillén y Abraham Payán Torrescano

En respuesta a la solicitud del derecho de réplica, requerida por Fernando José Barrera Guillén y Abraham Payán Torrescano con relación a la nota publicada en este portal de noticias el pasado 4 de marzo, con el título: “ASE buscará inhabilitación de los implicados en la fiesta fantasma”, sobre la que se duelen de la expresión “…de acuerdo con el pronunciamiento de Cervantes Salgado, en ningún momento se estuvo de acuerdo con la reparación del daño…”, son pertinentes las siguientes precisiones:

  1. En la nota informativa aludida en ningún momento se consignaron los nombres de los involucrados, en consecuencia, de las personas que solicitan la réplica, por lo tanto no se violentó de ninguna manera el principio de presunción de inocencia.
  2. La expresión de la que se duelen en ningún momento hace referencia alguna a las constancias de autos que ellos mencionan, sino a la postura de la titular de la Auditoría Superior del Estado, quien así lo manifestó a través de un comunicado oficial de esa entidad pública.
  3. Muy lejos de constituir “conjeturas sin fundamento”, la pieza informativa aludida da cuenta de la postura de la institución que es una de las partes en el proceso penal. Tan esa es la postura de la Auditoría Superior del Estado, que el 6 de marzo interpuso un recurso de apelación en contra de la suspensión condicional del proceso penal, que incluso mencionan en su solicitud de réplica.
  4. La nota publicada por este medio está basada completamente en un comunicado oficial emitido por la Auditoría Superior del Estado, lo anterior es importante toda vez que, de acuerdo con el artículo 19 fracción VII de la ley reglamentaria del artículo 6 constitucional que ellos mismos refieren en su documento, la solicitud de derecho de réplica puede negarse “Cuando la réplica verse sobre información oficial que en forma verbal o escrita emita cualquier servidor público y que haya sido difundida por una agencia de noticias o medio de comunicación, y […]”.

Se adjunta el comunicado emitido por la Auditoría Superior del Estado

 

 

 

 

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