“Estrena” TEESLP eliminación de fuero; multa a diputado panista

Por Eduardo Delgado

Eliminado el fuero a los servidores públicos, el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) le impuso una multa de mil 509.80 pesos al diputado panista Jorge Luis Díaz Salinas, porque ese órgano colegiado considero improcedente la petición del legislador para que los magistrados Oskar Kalixto Sánchez y Rigoberto Garza de Lira dejaran de conocer diversos asuntos.

Con el Secretario de Acuerdos, Joel Valentín Jiménez Almanza, habilitado como magistrado e integrado con los magistrados supernumerarios, Pedro Muñiz Tobías y Román Saldaña Rivera, este martes sesionó el tribunal.

Por unanimidad, los magistrados decretaron que “al resultar improcedente” la recusación interpuesta por el diputado panista contra los magistrados “se le imponga una multa por mil 509.80 pesos, correspondientes a 20 días de Unidades de Medidas de Actualización”.

En función de Presidente de la Junta de Coordinación Política en el Congreso local, Díaz Salinas solicitó la recusación para que ambos magistrados, así como la ex magistrada Yolanda Pedroza Reyes, dejaran de tratar el expediente TESLP/JDC/10/2017, en el que está involucrado junto con la legisladora Xitlálic Sánchez Servín, también panista.

En el caso de Oskar Kalixto, advirtió un conflicto de intereses luego de que su hermana, María Manuela, fue electa por los congresistas como magistrada del Tribunal de Justicia Administrativa.

Asimismo, pidió la recusación de los magistrados Oskar y Rigoberto porque ambos están sujetos a un juicio de procedencia en el Congreso local.

Respecto de la recusación solicitada del magistrado Rigoberto Garza “este órgano colegiado considera que lo expresado por Jorge Luis Díaz Salinas no permite concluir que el procedimiento de declaración de procedencia instaurado en contra Rigoberto pudiera influir en su ánimo de decisión afectando su imparcialidad y poniendo en duda la imparcialidad, el buen nombre y la honorabilidad de este tribunal”.

“Por tanto al no quedar demostrada la recusación intentada por la parte recusante, al afirmar este solo hecho subjetivo resulta inconcuso que no se actualizan las hipótesis legales contenidas en el artículo 19 de la Ley de Justicia Electoral del Estado”, añadieron los magistrados en la resolución.

Por tanto, al resultar improcedente la recusación interpuesta contra los magistrados Rigoberto Garza y Oskar Kalixto “se le impone” al diputado una multa” cantidad que deberá cubrir en la Coordinación Administrativa del tribunal electoral.

Ello luego de que el pasado 30 de octubre se publicó en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado el decreto 708, por el que se eliminó el fuero constitucional de los servidores públicos.

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