Exhiben en Facebook descuido de Mabe para proteger datos personales

Por Victoriano Martínez

La mañana del pasado viernes, los peatones que transitaban por el cruce de la lateral poniente de la Carretera 57 y la avenida José de Gálvez se llevaron una sorpresa: por todos lados volaban folders que contenían expedientes de aspirantes a ingresar a la empresa Mabe de esta ciudad.

Entre los transeúntes, Carlos A. Castillo optó por tomar fotografías con su teléfono celular para montarlas en su perfil de Facebook. Las imágenes muestran la magnitud de la falla en la protección de los datos personales de los aspirantes a encontrar empleo en la empresa Mabe.

“Caminando por cierto entronque de la ciudad después de mi ardua búsqueda de trabajo… Me encuentro con esto!! Cientos de solicitudes de empleo, algunas hasta con fotografía, y montones de pruebas (de) psicometría de cierta empresa dedicada a la fabricación de enseres domésticos y línea blanca….”

Tras mencionar la ubicación de la empresa Mabe, quien se presenta en Facebook como Ing Carlos A Castillo, expresó el motivo se lo que llamó su consternación.

“Así cuidan y protegen nuestros datos personales?? Cuántos de estos pobres desempleados como yo están en espera que esta rechin…da empresa les hable?? O mejor aun, así acabarían mis 2 currículum que les lleve en ocasiones anteriores??”.

A continuación, en clara referencia al clima de inseguridad en la ciudad se lamenta por “tanta información personal y arrojada a la calle a expensas de cualquier cosa”.

La indignación de Castillo cuenta con una base legal, pues en el hecho –haya sido por descuido y un acto premeditado de su personal– se incurre en violaciones a diferentes artículos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, entre los que vale la pena mencionar, por orden de aparición, por lo menos los siguientes.

Artículo 6.- Los responsables en el tratamiento de datos personales, deberán observar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad, previstos en la Ley.

Artículo 14.- El responsable velará por el cumplimiento de los principios de protección de datos personales establecidos por esta Ley, debiendo adoptar las medidas necesarias para su aplicación.

Artículo 19.- Todo responsable que lleve a cabo tratamiento de datos personales deberá establecer y mantener medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado.

Los responsables no adoptarán medidas de seguridad menores a aquellas que mantengan para el manejo de su información. Asimismo se tomará en cuenta el riesgo existente, las posibles consecuencias para los titulares, la sensibilidad de los datos y el desarrollo tecnológico.

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